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HOMICIDIO Y LESIONES IMPRUDENTES - REQUISITOS Y LÍMITES MATERIALES
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HOMICIDIO Y LESIONES IMPRUDENTES - REQUISITOS Y LÍMITES MATERIALES

DPE838
$30.700
Impuestos incluidos

Autor : Bernardo José Feijoo Sánchez (España)
Edición : 2021
Formato : 1 Tomo - 205 Páginas
ISBN: 978-956-7799-08-4
Editorial : Ediciones Olejnik

 

El objeto de estudio de este trabajo sobre los homicidios y lesiones imprudentes consiste en los requisitos que siempre deben estar presentes en cualquier homicidio culposo o cualquier lesión culposa y los límites inherentes a estas figuras delictivas. Doctrina y Jurisprudencia han intentado limitar con diversos principios y criterios la responsabilidad penal por imprudencia para evitar que cualquiera pueda ser casualmente autor de un homicidio o lesión por el mero hecho de ser padre, conducir un automóvil, intentar ganar dinero con una industria o realizar una operación quirúrgica. Todos corremos el peligro de poder ser hechos responsables de una muerte o una lesión por imprudencia. Por ello tan importante como sentar los requisitos de imputación objetiva y subjetiva con respecto a estos delitos es establecer ciertos límites que mantengan la responsabilidad penal en este ámbito dentro de un ámbito dogmática y político-criminalmente satisfactorio o, al menos, socialmente tolerable.

 

PARTE PRIMERA
EL TIPO OBJETIVO DE LOS DELITOS DE RESULTADO

CAPÍTULO PRIMERO
LA CREACIÓN E IMPUTACIÓN OBJETIVA DE RIESGOS

I. INTRODUCCIÓN

II. LA DENOMINADA «RELACIÓN DE CAUSALIDAD»

III. LA IMPUTACIÓN OBJETIVA DE RIESGOS
III. 1. El concepto de riesgo
III.2. Los criterios objetivos para la imputación del riesgo
III.3. La creación de riesgos
III.4. La superación de «criterios fácticos». La normativización de la problemática de la imputación de riesgos
III.5. La idea de la injerencia como criterio de imputación
III.6. De la creación de riesgos a la obligación de controlar ciertos riesgos o ciertas fuentes de peligro
III.7. Otras modalidades de comisión por omisión relevantes a efectos de la responsabilidad por imprudencia

IV. CONSECUENCIAS PRÁCTICAS Y EJEMPLIFICACIÓN

CAPÍTULO II
EL CRITERIO DEL ÁMBITO DE PROTECCIÓN O ALCANCE DEL TIPO

I. EL ÁMBITO DE PROTECCIÓN O ALCANCE DEL TIPO

II. EL FAVORECIMIENTO DE REALIZACIONES DEL TIPO
II. 1. La participación imprudente
II.2. La autoría mediante el favorecimiento o motivación de creaciones de riesgos
II.2.A. El favorecimiento de delitos por parte de garantes de protección
II.2.B. La autoría mediata en el ámbito del delito imprudente

III. EL FAVORECIMIENTO DE AUTOLESIONES O AUTOPUESTAS EN PELIGRO: LA RELEVANCIA DEL COMPORTAMIENTO DE LA VÍCTIMA PARA EL TIPO DE LOS DELITOS DE HOMICIDIO Y LESIONES Y EL PRINCIPIO DE AUTORRESPONSABILIDAD COMO CRITERIO INTERPRETATIVO

IV. CONCLUSIONES

CAPÍTULO III
LA IMPUTACIÓN OBJETIVA DE RESULTADOS

I. CONSIDERACIONES GENERALES

II. EJEMPLIFICACIÓN Y PROFUNDIZACIÓN
II. 1. Problemas que suscitan los tratamientos médicos que son consecuencia necesaria de una conducta típica para paliar sus efectos lesivos
II.2. Especial referencia a la relevancia de la omisión del tratamiento médico o quirúrgico debido
II.3. Problemas con los comportamientos autolesivos o descuidados de la víctima, posteriores a la creación del riesgo típico
II.4 Especial referencia a la relevancia de la omisión de la persona lesionada
II.5. Las denominadas «lesiones consecuenciales»: problemas de imputación del resultado relacionados con las segundas consecuencias lesivas distanciadas en el tiempo de las «consecuencias inmediatas» del delito

III. CONCLUSIONES


PARTE SEGUNDA
LA DETERMINACIÓN DE LA INFRACCIÓN DEL DEBER DE CUIDADO

CAPÍTULO IV
LA «PREVISIBILIDAD OBJETIVA» Y EL RIESGO PERMITIDO

I. CONSIDERACIONES GENERALES

II. LA «PREVISIBILIDAD OBJETIVA»

III EL RIESGO PERMITIDO
III.1. Riesgos con «legitimidad histórica»
III.2. Ámbitos sociales con reglas jurídicas de cuidado
III.3. Especial consideración de la «imprudencia por asunción»

IV. EL PAPEL DE LAS NORMAS EXTRAPENALES PARA LA DETERMINACIÓN DEL DEBER DE CUIDADO

V. EL PAPEL DEL ESTÁNDAR TÉCNICO PARA LA DETERMINACIÓN DEL DEBER DE CUIDADO

CAPÍTULO V
EL PRINCIPIO DE CONFIANZA COMO LÍMITE DEL DEBER DE CUIDADO EN RELACIÓN AL COMPORTAMIENTO DE OTRAS PERSONAS

I. EL PRINCIPIO DE CONFIANZA Y SU FUNDAMENTO MATERIAL

II. EL FENÓMENO DE LA DIVISIÓN HORIZONTAL Y VERTICAL DEL TRABAJO Y EL PRINCIPIO DE CONFIANZA

III. LÍMITES AL PRINCIPIO DE CONFIANZA
III. 1. ¿Ampara el principio de confianza exclusivamente al que se comporta de forma cuidadosa?
III.2. No cabe confiar cuando se evidencia un comportamiento antijurídico de un tercero
III.3. El principio de confianza carece de vigencia con respecto a terceros incapaces o inimputables

PARTE TERCERA
LA IMPUTACIÓN DE RESULTADOS A TÍTULO DE IMPRUDENCIA

CAPÍTULO VI
LA IMPUTACIÓN DE RESULTADOS A TÍTULO DE IMPRUDENCIA: EL «FIN DE PROTECCIÓN DE LA NORMA DE CUIDADO»

I. CONSIDERACIONES GENERALES

II. PROBLEMAS DE IMPUTACIÓN DEL RESULTADO EN ÁMBITOS SOCIALES O ACTIVIDADES CON «RIESGOS RESIDUALES» PERMITIDOS

III. «CONCURRENCIA DE IMPRUDENCIAS» E IMPUTACIÓN DEL RESULTADO

IV. EL TRATAMIENTO JURISPRUDENCIAL DE LA DENOMINADA «CONCURRENCIA DE CULPAS»

V. EL PAPEL DE LAS «CONDUCTAS ALTERNATIVAS ADECUADAS A DERECHO» PARA LA IMPUTACIÓN DEL RESULTADO A TÍTULO DE IMPRUDENCIA: LA «CONDUCTA ALTERNATIVA ADECUADA A DERECHO» COMO CRITERIO AUXILIAR DE ALCANCE LIMITADO CON RESPECTO AL «FIN DE PROTECCIÓN DE LA NORMA DE CUIDADO»

VI. CONCLUSIONES

Alto
23 cm
Ancho
16 cm
Peso
Aprox. 0,3 Kg.
Formato
Rústico
Editorial
Ediciones Olejnik

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