LA RESPONSABILIDAD EX RECEPTO Y LA DISTINCIÓN ENTRE OBLIGACIONES «DE MEDIOS» Y «DE RESULTADO» CONTRIBUCIÓN A LA TEORÍA DE…
Autor : Giovanni D'Amico (Italia)
Edición : 2018
Formato : 1 Tomo - 267 Páginas
ISBN: 978-956-392-061-1
Editorial : Ediciones Olejnik
LA RESPONSABILIDAD EX RECEPTO Y LA DISTINCIÓN ENTRE OBLIGACIONES «DE MEDIOS» Y «DE RESULTADO» CONTRIBUCIÓN A LA TEORÍA DE LA RESPONSABILIDAD CONTRACTUAL
Con la expresión «responsabilidad ex recepto» se indica comúnmente una forma particular de responsabilidad por incumplimiento que, según la opinión común, resultaría «agravada» respecto al esquema ordinario.
Sin embargo, la identificación del aspecto a través del cual se expresaría dicha «agravación» es, en gran medida, controversial. Sobre este problema también incide, inevitablemente, la permanente incertidumbre (si bien no es la única) acerca de la exacta configuración del propio supuesto «normal» (u ordinario) de responsabilidad debitoria.
PRIMERA PARTE
LA RESPONSABILIDAD EX RECEPTO ENTRE REGLA Y EXCEPCIÓN
CAPÍTULO PRIMERO
LOS PRECEDENTES HISTÓRICOS DE LA INSTITUCIÓN Y EL PLANTEAMIENTO DE LA DOCTRINA TRADICIONAL
1. Premisa
2. Génesis histórica de las normas sobre el receptum. El receptum nautarum cauponum stabulariorum y la responsabilidad «objetiva» por «custodia» en el derecho romano clásico
3. (Continúa): la responsabilidad ex recepto en el derecho posclásico y justinianeo. Casus maior y casus minores: la responsabilidad por custodia y los nuevos planteamientos «subjetivistas» de la responsabilidad del deudor
4. Las hipótesis de receptum en los códigos italianos (civil y comercial) del siglo XIX. Revaluación del carácter «excepcional» de la institución: el planteamiento de Asquini
5. La codificación de 1942. El receptum como hipótesis de agravación de la carga probatoria del deudor. La distinción entre «causa no imputable» y «caso fortuito» según la opinión dominante
6. La crítica a la opinión predominante y la (pretendida) reconducción de la responsabilidad ex recepto a las reglas de la responsabilidad debitoria común: la posición de Majello y la de Natoli
7. (Continúa): evaluación de las críticas a la teoría tradicional
CAPÍTULO SEGUNDO
RESPONSABILIDAD EX RECEPTO Y RESPONSABILIDAD CONTRACTUAL «OBJETIVA» (POR UNA CRÍTICA DE LA NOCIÓN «OBJETIVA» DEL CASO FORTUITO)
1. La responsabilidad ex recepto como hipótesis de responsabilidad «objetiva»: premisa. Los diferentes significados de la calificación de la responsabilidad contractual como forma de responsabilidad «objetiva»
2. El sistema «binario» de la responsabilidad contractual: responsabilidad «por culpa» y responsabilidad «objetiva» en el planteamiento de Trimarchi
3. La noción «objetiva» de caso fortuito como elemento calificador de la responsabilidad ex recepto. Las contribuciones de Castronovo, Mengoni, Realmonte y Anelli
4. Primeras observaciones críticas sobre la noción «objetiva» del caso fortuito
5. (Continúa): los datos normativos contrarios a la configuración de una noción «objetiva» del «caso fortuito» en las hipótesis de responsabilidad ex recepto
6. Confirmación de la noción «subjetiva» del «caso fortuito» a través del examen de la jurisprudencia en materia de receptum
7. Por una explicación diferente de las hipótesis de responsabilidad ex recepto. ¿Responsabilidad «objetiva» o «garantía»?
8. Responsabilidad ex recepto y «obligación de seguridad»
9. Conclusiones. La responsabilidad ex recepto como «responsabilidad objetiva»: ¿regla o excepción?
SEGUNDA PARTE
LA RESPONSABILIDAD CONTRACTUAL Y LA DISTINCIÓN ENTRE OBLIGACIONES «DE MEDIOS» Y «DE RESULTADO»
CAPÍTULO TERCERO
OBJETO DE LA OBLIGACIÓN Y RÉGIMEN DE LA RESPONSABILIDAD CONTRACTUAL
1. Premisa
2. El régimen de la responsabilidad contractual y su relación con el objeto de la obligación: reenvío a la posición de Osti
3. El carácter no unitario del sistema de la responsabilidad contractual en el planteamiento de Giorgianni
4. (Continúa): y en la de Betti
5. El problema de la coordinación entre el art. 1218 y el art. 1176 del Código Civil Italiano: nuestra opinión
6. La incidencia del diferente objeto de la obligación sobre la repartición de las cargas probatorias entre acreedor y deudor. Crítica de algunos planteamientos inexactos
7. (Continúa): nuestra tesis
8. La (pretendida) duplicidad de la noción de culpa/diligencia y la negación de la relevancia de la distinción entre obligaciones «de medios» y «de resultado» sobre el plano del régimen jurídico de la responsabilidad, en el planteamiento de Mengoni. Crítica
9. (Continúa): la diligencia «profesional»
10. Conclusiones
CAPÍTULO CUARTO
LA DISTINCIÓN ENTRE OBLIGACIONES «DE MEDIOS» Y OBLIGACIONES «DE RESULTADO»
1. La distinción entre obligaciones «de medios» y obligaciones «de resultado», entre escepticismos doctrinales e intentos de «codificación»: el replanteamiento de la distinción en los Principios Unidroit sobre los contratos comerciales internacionales
2. El «resultado» («bien debido») como objeto de la obligación
3. El resultado «extrínseco» y la obligación «de medios»: algunas precisiones. La diligencia como criterio de determinación del «resultado» debido
4. «Aleatoriedad» del resultado y obligación «de medios»: la responsabilidad médica
5. (Continúa): esbozos a la responsabilidad del profesional en otros sectores
6. Obligación «de medios» y «tipificación» normativa de los «resultados» debidos. El ejemplo de la obligación de custodia
7. La obligación «de medios» entre «tipo contractual» y autonomía privada. Un ejemplo de «transformación» de una obligación «de medios» en obligación «de resultado»: las cláusulas de «rendimiento mínimo» en el contrato de trabajo subordinado
8. Conclusiones
APÉNDICE NORMATIVO
Código Civil del Reino de Italia de 1865
Código de Comercio del Reino de Italia de 1865
Código de Comercio del Reino de Italia de 1882
- Alto
- 23 cm
- Ancho
- 16 cm
- Peso
- Aprox. 0,4 Kg.
- Formato
- Rústico
- Editorial
- Ediciones Olejnik