¿Dudas? Escríbenos
DE LAS OBLIGACIONES
DE LAS OBLIGACIONES

DE LAS OBLIGACIONES

DCI400
$67.300
Impuestos incluidos

Autor : René Ramos Pazos
Edición : 4ta Edición - Noviembre 2023
Formato : 1 Tomo - 484 Páginas (Papel + Digital)
ISBN : 978-956-400-410-5
Editorial : Thomson Reuters

 

La obra contempla un estudio sistematizado de las obligaciones, analizando, en un su primera parte, sus conceptos generales, fuentes y clasificación (obligaciones civiles y naturales; positivas y negativas; de especie o cuerpo cierto y de género; de dar, hacer, hacer o no hacer; de dinero y de valor; de objeto singular y con objeto plural o compuesta; con unidad y con pluralidad de sujetos; principales y accesorias; puras y simples o sujetas a modalidad y nuevas categorías de obligaciones).

Su segunda parte repasa los efectos de las obligaciones (cumplimiento forzado; cumplimiento por equivalencia; avaluación de los perjuicios; derechos auxiliares del acreedor); los modos de extinguir las obligaciones (solución o pago efectivo; pago por consignación; con subrogación; con cesión de bienes o por acción ejecutiva del acreedor o acreedores; con beneficio de competencia; la dación en pago; la novación; la compensación; la remisión; la confusión; imposibilidad de la ejecución y pérdida de la cosa debida y la prescripción), finalizando con la prelación de créditos.

Esta cuarta edición (la primera tras el fallecimiento del profesor Ramos Pazos), al igual que el resto de su legado bibliográfico, se encuentra al cuidado del Departamento de Derecho Privado de la Universidad de Concepción y ha sido actualizada por los profesores que lo componen.

 

CAPÍTULO PRIMERO
CONCEPTOS GENERALES

PRIMERA PARTE

1.- Derechos reales y Derechos personales o créditos
2.- Las nociones de derecho personal o crédito y obligación son correlativas
3.- Diferencias entre derechos reales y personales
4.- Críticas a la concepción clásica
5.- Concepto de obligación
6.- Elementos constitutivos de la obligación.
7.- Sujetos de la obligación: acreedor y deudor
8.- Del objeto de la obligación
9.- Características de la prestación
10.- Para que exista obligación ¿debe la prestación tener contenido patrimonial (pecuniario)?

CAPÍTULO SEGUNDO
FUENTES DE LAS OBLIGACIONES

11.- Concepto
12.- Clasificación
13.- Críticas a la clasificación anterior
14.- La voluntad unilateral como fuente de la obligación
15.- En Chile, ¿se acepta la voluntad unilateral como fuente de las obligaciones?
16.- Otras fuentes doctrinarias

CAPÍTULO TERCERO
CLASIFICACIÓN DE LAS OBLIGACIONES

Párrafo I - Diversas clasificaciones

17.- Clasificación de las obligaciones

Párrafo II - Nuevas Categorías de Obligaciones

18.- Obligaciones de medio y de resultado
19.- Obligaciones reales, propter rem o ambulatorias
20.- Obligaciones causales y abstractas o formales

Párrafo III - Obligaciones civiles y naturales

21.- Concepto, definiciones
22.- Origen y fundamento de las obligaciones naturale
23.- Naturaleza de la obligación natural
24.- Las obligaciones naturales en el Derecho chileno
25.- Las obligaciones naturales ¿son taxativas en Chile?
26.- Obligaciones naturales contempladas en el artículo 1470
27.- Obligaciones naturales provenientes de obligaciones civiles nulas o rescindibles
28.- Caso del artículo 1470 Nº 1
29.- Caso del artículo 1470 Nº 3
30.- Obligaciones naturales provenientes de obligaciones civiles degeneradas
31.- Obligaciones civiles extinguidas por prescripción (ar­tículo 1470 Nº 2)
32.- Obligaciones civiles que no han sido reconocidas en juicio por falta de pruebas (artículo 1470 Nº 4)
33.- Efectos de la obligación natural

Párrafo IV - Obligaciones positivas y negativas

34.- Concepto

Párrafo V - Obligaciones de especie o cuerpo cierto y obligaciones de género

35.- Concepto
36.- Importancia de la distinción

Párrafo VI - Obligaciones de dar, hacer o no hacer

37.- Esta clasificación la hace la ley
38.- Obligaciones de dar
39.- Naturaleza de la obligación de entregar
40.- Obligaciones de hacer
41.- Obligación de no hacer
42.- Importancia de la distinción entre obligaciones de dar, hacer y no hacer

Párrafo VII - De las obligaciones de dinero y obligaciones de valor

43.- Concepto
44.- Características de las obligaciones de dinero
45.- El dinero, sus funciones económicas
46.- Concepto y características del dinero
47.- Función que cumple el dinero en las obligaciones
48.- Efectos de la mora de las obligaciones de dinero
49.- Diferencia entre deudas de dinero y deudas de valor
50.- Cumplimiento de una obligación de valor
51.- Cumplimiento de las obligaciones de dinero
52.- Nominalismo, valorismo
53.- Situación actual
54.- Obligaciones de dinero. Obligaciones de crédito de dinero
55.- La reajustabilidad de una obligación dineraria
56.- La reajustabilidad en las operaciones de crédito de dinero
57.- El deudor de una operación de crédito de dinero puede anticipar su pago (prepago)
58.- Saldos de precios de compraventa
59.- Liquidación de una deuda reajustable cobrada judicialmente
60.- Liquidación de una deuda convenida en moneda extranjera
61.- Intereses
62.- Clases de intereses
63.- Intereses legales, corrientes y convencionales
64.- Interés legal
65.- Interés corriente
66.- Interés convencional. Sus límites
67.- Sanción si se pacta un interés superior al máximo permitido
68.- Intereses pactados por la mora que excedan al máximo permitido estipular
69.- Anatocismo

Párrafo VIII - Obligaciones de objeto singular y obligación con objeto plural o compuesta

70.- Concepto
71.- Obligaciones compuestas o de objeto múltiple
72.- Obligaciones de simple objeto múltiple
73.- Obligaciones alternativas o disyuntivas
74.- Características de las obligaciones alternativas
75.- Elección en las obligaciones alternativas
76.- Pérdida de las cosas debidas alternativamente
77.- Obligaciones facultativas
78.- Elementos de la obligación facultativa
79.- Pérdida de la cosa debida en el caso de la obligación facultativa
80.- Las obligaciones facultativas no se presumen
81.- Algunas diferencias entre obligaciones alternativas y facultativas

Párrafo IX - Obligaciones con unidad y con pluralidad de sujetos

82.- Concepto

SECCIÓN PRIMERA - OBLIGACIONES SIMPLEMENTE CONJUNTAS O MANCOMUNADAS

83.- Concepto
84.- Características de las obligaciones simplemente conjuntas
85.- Efectos de las obligaciones simplemente conjuntas

SECCIÓN SEGUNDA - OBLIGACIONES SOLIDARIAS O IN SÓLIDUM

86.- Concepto
87.- La solidaridad es excepcional y no se presume
88.- Clases de solidaridad
89.- Elementos de la solidaridad
90.- La solidaridad convencional, en principio, debe establecerse en un solo instrumento
91.- Unidad de prestación y pluralidad de vínculos
92.- Solidaridad activa.
93.- Naturaleza jurídica de la solidaridad
94.- Teoría seguida en Chile
95.- No hay solidaridad activa legal
96.- Solidaridad activa tiene graves inconvenientes y pocas ventajas
97.- Efectos de la solidaridad activa
98.- Relaciones externas
99.- Relaciones internas
100.- Solidaridad pasiva
101.- Característica de la solidaridad pasiva
102.- Efectos de la solidaridad pasiva
103.- Relaciones externas (obligación a la deuda)
104.- Excepciones que puede oponer el deudor demandado
105.- Entablado un juicio en contra de uno de los codeudores solidarios, ¿podría otro intervenir en este juicio?
106.- Relaciones internas. Contribución a las deudas
107.- Extinción de la solidaridad pasiva
108.- Muerte del deudor solidario
109.- Renuncia de la solidaridad

SECCIÓN TERCERA
OBLIGACIONES DIVISIBLES E INDIVISIBLES

110.- Concepto
111.- La indivisibilidad de una obligación puede darse en obligaciones con sujetos únicos o plurales.
112.- La indivisibilidad, problema complejo
113.- La indivisibilidad en el Código Civil
114.- Indivisibilidad física e indivisibilidad intelectual o de cuota
115.- Fuente de la indivisibilidad
116.- A.- Indivisibilidad natural
117.- B.- Indivisibilidad convencional o de pago
118.- La divisibilidad en las obligaciones de dar, entregar, hacer y no hacer.
119.- Efectos de la indivisibilidad
120.- Efectos de la indivisibilidad activa
121.- Efectos de la indivisibilidad pasiva
122.- Relaciones externas
123.- Relaciones internas (contribución a las deudas)
124.- De la indivisibilidad de pago
125.- Casos del artículo 1526
126.- Artículo 1526 Nº 1. La acción hipotecaria o prendaria
127.- Artículo 1526 Nº 2. Deuda de una especie o cuerpo cierto
128.- Artículo 1526 Nº 3. Indemnización de perjuicios por incumplimiento de un codeudor
129.- Artículo 1526 Nº 4. Pago total de una deuda impuesta a un heredero; e indivisibilidad estipulada por el causante
130.- Artículo 1526 Nº 5. Pago de una cosa indeterminada
131.- Obligaciones alternativas (artículo 1526 Nº 6)
132.- Paralelo entre solidaridad e indivisibilidad
133.- El ser solidaria una obligación no le da el carácter de indivisible

Párrafo X - Obligaciones principales y accesorias

134.- Concepto.
135.- Importancia de la distinción

Párrafo XI - Obligaciones puras y simples o sujetas a modalidad

136.- Introducción. Concepto de modalidad
137.- La condición, el plazo y el modo son las principales modalidades, pero no las únicas
138.- Características de las modalidades

SECCIÓN PRIMERA
DE LAS OBLIGACIONES CONDICIONALES

139.- Concepto
140.- Lugar en que están reguladas las condiciones en el Código Civil
141.- Elementos de la condición
142.- Clasificación de las condiciones
143.- Condiciones expresas o tácitas
144.- Condiciones suspensivas o resolutorias
145.- Condición positiva y negativa
146.- Condiciones posibles e imposibles, lícitas e ilícitas
147.- Condiciones determinadas o indeterminadas
148.- Límite en el tiempo de la condición indeterminada
149.- Condiciones potestativas, casuales y mixtas
150.- Subclasificación de las condiciones potestativas
151.- Reglas comunes a las condiciones
152.- A. Estados en que puede encontrarse la condición
153.- B. Forma como deben cumplirse las condiciones.
154.- Cumplimiento ficto de la condición
155.- Principio de la indivisibilidad de la condición
156.- C. Caducidad de las condiciones
157.- D. Retroactividad de la condición cumplida
158.- La retroactividad de la condición en Chile
159.- Casos en que se acepta el efecto retroactivo (artículos 1486, 2413, 1487, 1490 y 1491)
160.- Casos en que se rechaza el efecto retroactivo
161.- En los casos no reglamentados en la ley, ¿opera el efecto retroactivo?
162.- E. Riesgos de la cosa debida bajo condición
163.- Efecto de las condiciones
164.- Efectos de la condición suspensiva, pendiente
165.- No nace el derecho ni la obligación
166.- El vínculo jurídico existe
167.- El acreedor tiene una simple expectativa de derecho
168.- Efectos de la condición suspensiva fallida
169.- Efectos de la condición suspensiva cumplida
170.- Efectos de la condición resolutoria
171.- Condición resolutoria ordinaria
172.- Condición resolutoria tácita. Concepto
173.- El pacto comisorio. Concepto
174.- Efectos de la condición resolutoria ordinaria
175.- Condición resolutoria ordinaria pendiente
176.- Condición resolutoria ordinaria fallida
177.- Condición resolutoria ordinaria cumplida
178.- Forma de operar la condición resolutoria ordinaria
179.- Efectos de la condición resolutoria tácita
180.- Fundamento de la condición resolutoria tácita
181.- Características de la condición resolutoria tácita
182.- Requisitos de la condición resolutoria tácita
183.- Que se trate de un contrato bilateral
184.- La resolución en los contratos de tracto sucesivo
185.- La resolución no tiene lugar en la partición
186.- Incumplimiento imputable a una de las partes
187.- Procede la resolución por incumplimientos de poca monta
188.- ¿Procede la resolución si el incumplimiento es parcial?
189.- Incumplimiento recíproco de los contratantes. ¿Qué pasa cuando ambos contratantes incumplen?
190.- Quien demanda la resolución debe haber cumplido su propia obligación o allanarse a cumplirla
191.- Que una sentencia judicial declare la resolución del contrato
192.- Consecuencia de que la resolución requiera de sentencia judicial
193.- ¿Es cierto que demandada la resolución, el deudor puede enervar la acción, pagando?
194.- Derechos que confiere la condición resolutoria tácita
195.- Las acciones de cumplimiento y de resolución son incompatibles, pero pueden interponerse sucesivamente
196.- La acción de indemnización de perjuicios es accesoria a la de resolución o cumplimiento
197.- Diferencias entre la condición resolutoria ordinaria y la condición resolutoria tácita
198.- El pacto comisorio
199.- El pacto comisorio procede en cualquier contrato y por el incumplimiento de cualquiera obligación
200.- Pacto comisorio simple y pacto comisorio calificado
201.- Efectos del pacto comisorio
202.- Efecto del pacto comisorio simple, en el contrato de compraventa por no pago del precio
203.- Efecto del pacto comisorio simple en el contrato de compraventa por el incumplimiento de una obligación distinta a la del pago del precio (ejemplo: la obligación del vendedor de entregar la cosa vendida) o en cualquier otro contrato por incumplimiento de cualquiera obligación
204.- Pacto comisorio calificado en el contrato de compraventa por no pago del precio
205.- Condiciones que debe reunir el pago para enervar la acción de resolución
206.- Efectos del pacto comisorio calificado en el contrato de compraventa por el incumplimiento de una obligación distinta a la de pagar el precio o en otro contrato por incumplimiento de cualquiera obligación
207.- Prescripción del pacto comisorio
208.- Prescrita la acción del pacto comisorio, ¿podría demandarse la resolución fundada en el artículo 1489? ¿Qué ocurre cuando en un contrato de compraventa existe un pacto comisorio por no pago del precio, y el vendedor deja transcurrir más de 4 años para demandar? ¿Podría, en este caso, demandar de resolución fundándose no en el pacto comisorio sino en la condición resolutoria tácita del artículo 1489?
209.- De la acción resolutoria
210.- Características de la acción resolutoria
211.- La acción resolutoria es personal
212.- La acción resolutoria es patrimonial
213.- La acción resolutoria es mueble o inmueble, según la cosa sobre que recaiga
214.- La acción resolutoria es indivisible
215.- Resolución y nulidad de un contrato
216.- Resolución y resciliación
217.- Efectos de la resolución
218.- Efectos de la resolución entre las partes
219.- Efectos de la resolución respecto de terceros
220.- Estudio del artículo 1490
221.- Requisitos para que la enajenación o gravamen de una cosa mueble debida bajo condición resolutoria afecte a terceros
222.- Estudio del artículo 1491
223.- Requisitos para que los terceros se vean afectados por la condición
224.- ¿Cuándo consta la condición en el título respectivo?
225.- ¿Cuál es el título respectivo?
226.- ¿Por qué la ley dice que el título debe constar en el respectivo título inscrito u otorgado por escritura pública?
227.- Si la condición consta en el título inscrito u otorgado por escritura pública, ¿puede el tercero adquirente ser poseedor de buena fe?
228.- Gravámenes que caducan
229.- No se aplica el artículo 1491 a los arrendamientos celebrados por el deudor condicional
230.- Acción reivindicatoria de los acreedores condicionales.
231.- Ámbito de aplicación de los artículos 1490 y 1491
232.- Efectos de la cláusula de encontrarse pagado el precio
233.- Los artículos 1490 y 1491 se aplican tanto a las enajenaciones voluntarias como a las forzadas

SECCIÓN SEGUNDA - DE LAS OBLIGACIONES MODALES

234.- Ubicación en el Código Civil
235.- Definición del modo
236.- Modo y condición
237.- Forma de cumplir el modo
238.- El modo se puede cumplir por equivalencia
239.- Incumplimiento o ilicitud del modo
240.- Cláusula resolutoria
241.- Quién puede demandar la resolución
242.- Efectos de la resolución de la obligación modal, respecto del tercero beneficiario
243.- Plazo de prescripción de la obligación modal
244.- Obligación modal es transmisible

SECCIÓN TERCERA - OBLIGACIONES A PLAZO

245.- Toda obligación puede estar sometida a un plazo
246.- Reglamentación del plazo en el Código Civil
247.- Concepto de plazo
248.- Elementos del
250.- Plazo determinado e indeterminado
251.- Plazo fatal y plazo no fatal
252.- Plazo expreso y plazo tácito
253.- Plazos convencionales, legales y judiciales
254.- Plazo de gracia
255.- Plazos continuos y discontinuos
256.- Plazos suspensivos y extintivos
257.- Efectos del plazo
258.- Efectos del plazo suspensivo pendiente
259.- Efectos del plazo suspensivo vencido
260.- Efectos del plazo extintivo
261.- Extinción del plazo
262.- Extinción del plazo por cumplimiento (vencimiento)
263.- Extinción por renuncia
264.- Caducidad del plazo
265.- Caducidad convencional
266.- Forma de liquidar las operaciones de crédito de dinero que tengan vencimiento en dos o más cuotas y contengan cláusula de aceleración

SEGUNDA PARTE
EFECTOS DE LAS OBLIGACIONES

267.- Explicaciones previas
268.- Efectos del contrato y efectos de la obligación
269.- Efecto de las obligaciones (para el caso de incumplimiento del deudor)

Párrafo I - Cumplimiento forzado de la obligación

270.- Derecho a solicitar cumplimiento forzado de la obligación
271.- Cumplimiento forzado en los distintos tipos de obligación
272.- Requisitos de la ejecución forzada en las obligaciones de dar
273.- Cumplimiento forzado de la obligación de hacer.
274.- Obligación de no hacer
275.- Cuadro resumen de casos en que es posible la ejecución forzada de la obligación

Párrafo II - Cumplimiento por equivalencia: indemnización de perjuicios

276.- Cumplimiento por equivalencia. Indemnización de perjuicios
277.- La indemnización de perjuicios es un derecho subsidiario. Doctrina contraria
278.- ¿El acreedor tiene un derecho optativo para exigir el cumplimiento de la obligación o la indemnización de perjuicios compensatoria?
279.- Clases de indemnización
280.- No se puede acumular el cumplimiento y la indemnización de perjuicios compensatoria
281.- Requisitos de la indemnización de perjuicios
282.- Incumplimiento del deudor
283.- Ámbito de aplicación de estas normas
284.- Perjuicio del acreedor
285.- Prueba de los perjuicios
286.- Clases de perjuicios
287.- Relación de causalidad (nexo causal) entre el incumplimiento y los perjuicios
288.- Pluralidad de causas, problema de las concausas
289.- Imputabilidad del deudor (dolo o culpa del deudor)
290.- Campos en que incide el dolo civil
291.- Teoría unitaria del dolo
292.- Prueba del dolo
293.- Efectos del dolo en el incumplimiento de las obligaciones
294.- El dolo no se puede renunciar anticipadamente
295.- El dolo se aprecia en concreto, no en abstracto, como la culpa
296.- De la culpa contractual
297.- Diferencias entre la culpa contractual y extracontractual
298.- Gradación de la culpa
299.- La culpa grave equivale al dolo.
300.- De qué culpa responde el deudor
301.- Cláusulas para alterar la responsabilidad de las partes
302.- Límites de estas cláusulas modificatorias de responsabilidad
303.- La culpa contractual se presume
304.- Culpa del deudor por el hecho de personas que dependen de él
305.- Que no concurra una causal de exención de responsabilidad
306.- Fuerza mayor o caso fortuito
307.- Elementos del caso fortuito
308.- Inimputable
309.- Imprevisto
310.- Irresistible
311.- Efectos del caso fortuito
312.- Excepciones en que el caso fortuito no libera de responsabilidad al deudor
313.- Prueba del caso fortuito
314.- Teoría de los riesgos
315.- Requisitos para que opere la teoría de los riesgos
316.- Principio contenido en el código en materia de riesgos
317.- Ámbito de aplicación de la norma
318.- Casos de excepción en que el riesgo de la especie o cuerpo cierto debido es del deudor
319.- Pérdida parcial
320.- Ausencia de culpa
321.- Estado de necesidad
322.- Hecho o culpa del acreedor
323.- Teoría de la imprevisión
324.- Elementos de la imprevisión
325.- Posiciones doctrinarias
326.- Teoría de la Imprevisión en Chile
327.- Argumentos en favor de la Teoría de la Imprevisión
328.- Mora del deudor
329.- Concepto de mora
330.- Requisitos de la mora
331.- Que el deudor retarde el cumplimiento de la obligación
332.- Que el retardo sea imputable al deudor
333.- Interpelación del acreedor
334.- Interpelación contractual expresa (artículo 1551 Nº 1)
335.- Interpelación contractual tácita (artículo 1551 Nº 2)
336.- Interpelación judicial (o extracontractual) (artículo 1551 Nº 3)
337.- Si el contrato es bilateral, que el acreedor haya cumplido su propia obligación o se allane a cumplirla en la forma y tiempo debido
338.- Efectos de la mora
339.- Mora del acreedor
340.- ¿Desde cuándo está en mora el acreedor?
341.- Efectos de la mora del acreedor

Párrafo III - De la avaluación de los perjuicios

342.- De la avaluación de los perjuicios
343.- Avaluación judicial
344.- Perjuicios que deben indemnizarse
345.- Daño moral (extrapatrimonial)
346.- Daño emergente y lucro cesante
347.- Perjuicios previstos e imprevistos
348.- Las partes pueden alterar las reglas sobre los perjuicios a indemnizar
349.- Avaluación legal de los perjuicios
350.- Características de la liquidación legal
351.- Reglas del artículo 1559
352.- Regla segunda del artículo 1559
353.- Regla tercera del artículo 1559
354.- Regla cuarta del artículo 1559
355.- Avaluación convencional (cláusula penal)
356.- Concepto
357.- Terminología aplicable a la institución
358.- Funciones que cumple la cláusula penal
359.- La cláusula penal constituye una forma de avaluar perjuicios
360.- La cláusula penal puede ser compensatoria o moratoria
361.- Diferencias de la cláusula penal con la indemnización de perjuicios ordinaria
362.- Constituye una caución
363.- La cláusula penal constituye una pena civil
364.- Paralelo de la cláusula penal con otras instituciones
365.- Características
366.- Consensual
367.- Condicional
368.- Accesoria
369.- Cláusula penal en la promesa de hecho ajeno
370.- Cláusula penal en la estipulación en favor de otro
371.- La cláusula penal puede garantizar una obligación civil o natural
372.- Extinción de la cláusula penal
373.- Efectos de la cláusula penal
374.- Requisitos para que el acreedor pueda cobrar la pena
375.- La pena y el caso fortuito
376.- La pena y la interpelación voluntaria
377.- Efectos de la cláusula penal cuando el incumplimiento es parcial
378.- Cobro de la obligación principal, de la indemnización ordinaria y de la pena
379.- Cobro de la cláusula penal cuando la obligación principal es de cosa divisible y hay pluralidad de acreedores o de deudores
380.- Cobro de la cláusula penal cuando la obligación principal es de cosa indivisible o cuando se ha puesto la cláusula penal con la intención expresa de que el pago no pueda fraccionarse
381.- Situación en el caso que la pena sea indivisible
382.- Situación en el caso de que la obligación principal sea solidaria
383.- Cláusula penal garantizada con hipoteca
384.- Cobro de la cláusula penal cuando hay pluralidad de acreedores
385.- Cláusula penal enorme

Párrafo IV - Derechos auxiliares del acreedor

386.- Concepto
387.- Enumeración

SECCIÓN PRIMERA
MEDIDAS CONSERVATIVAS

388.- De las medidas conservativas
389.- El derecho legal de retención

SECCIÓN SEGUNDA
ACCIÓN OBLICUA O SUBROGATORIA

390.- Acción oblicua o subrogatoria
391.- Requisitos de la acción oblicua
392.- Requisitos de la acción oblicua en relación con el acreedor
393.- Requisitos de la acción oblicua en relación con el crédito
394.- Requisitos de la acción oblicua en relación con el deudor
395.- Requisitos de la acción oblicua en relación con los derechos y acciones
396.- Efectos de la subrogación
397.- Procedencia de la acción oblicua en Chile
398.- Situaciones en que se autorizaría expresamente la acción oblicua

SECCIÓN TERCERA
ACCIÓN PAULIANA

399.- Acción pauliana o revocatoria
400.- Requisitos de la acción pauliana
401.- En relación con el acto
402.- En relación con el deudor
403.- En relación con el acreedor
404.- En relación con el tercero adquirente
405.- Situación del subadquirente
406.- Características de la acción pauliana
407.- Efectos de la acción pauliana
408.- Naturaleza jurídica de la acción pauliana

SECCIÓN CUARTA
BENEFICIO DE SEPARACIÓN DE PATRIMONIOS

409.- Beneficio de separación de patrimonios

CAPÍTULO CUARTO
DE LOS MODOS DE EXTINGUIR LAS OBLIGACIONES

410.- Concepto
411.- Causales de extinción de las obligaciones
412.- De la resciliación o mutuo disenso
413.- La resciliación es una convención, no es un contrato
414.- Requisitos de validez
415.- Consentimiento en la resciliación
416.- Capacidad para resciliar
417.- Para que haya resciliación tiene que existir una obligación pendiente
418.- La resciliación sólo opera en los contratos patrimoniales
419.- Efectos de la resciliación
420.- Efectos de la resciliación entre las partes
421.- Efectos de la resciliación respecto de terceros
422.- Del pago

Párrafo I - De la solución o pago efectivo

423.- Solución o pago efectivo
424.- El pago es la prestación de lo que se debe
425.- Naturaleza jurídica del pago
426.- El pago es un acto jurídico intuito personae
427.- Características del pago
428.- El pago debe ser específico
429.- El pago debe ser completo
430.- El pago es indivisible
431.- Por quién debe hacerse el pago
432.- Pago hecho por el deudor
433.- Pago hecho por un tercero interesado
434.- Pago hecho por un tercero extraño
435.- Efectos del pago hecho por un tercero extraño
436.- Pago hecho con el consentimiento expreso o tácito del deudor
437.- Pago hecho sin el conocimiento del deudor
438.- Pago hecho contra la voluntad del deudor
439.- Formas de resolver la contradicción entre los artículos 1574 y 2291
440.- Pago en el caso de las obligaciones de dar
441.- El tradente debe ser titular del derecho que transfiere
442.- Capacidad de disposición del que paga
443.- Formalidades legales
444.- A quién debe hacerse el pago
445.- Pago hecho al acreedor
446.- Excepciones en que el acreedor no puede recibir el pago
447.- Pago hecho al acreedor que no tiene la libre administración de sus bienes
448.- Pago hecho al acreedor cuyo crédito se ha embargado u ordenado retener por decreto judicial
449.- Pago hecho al deudor respecto de quien se ha dictado resolución de liquidación (artículo 1578 inciso 3º)
450.- Pago hecho a los representantes del acreedor
451.- Pago hecho al representante legal del acreedor
452.- Pago hecho al representante judicial
453.- Pago hecho al diputado para recibir el pago (mandatario)
454.- Extinción de la diputación para recibir el pago
455.- Pago hecho al actual poseedor del crédito
456.- Pago hecho a otras personas, no es eficaz, no extingue la obligación
457.- Época en que debe hacerse el pago
458.- Lugar donde debe hacerse el pago
459.- Contenido del pago
460.- Caso en que concurran varias obligaciones entre las mismas partes
461.- De la imputación del pago
462.- Prueba del pago
463.- Presunciones legales del pago
464.- Gastos del pago
465.- Efectos del pago

Párrafo II - Del pago por consignación

466.- Del pago por consignación. Concepto
467.- Casos en que procede el pago por consignación
468.- Fases del pago por consignación
469.- La oferta
470.- Requisitos de la oferta
471.- Requisitos de fondo de la oferta
472.- Requisitos de forma de la oferta
473.- Características de la oferta
474.- No se requiere oferta
475.- Situaciones especiales
476.- Resultado de la oferta
477.- La consignación
478.- Plazo para consignar
479.- Declaración de suficiencia del pago
480.- Tribunal competente. Regla general y excepciones
481.- Efectos del pago por consignación
482.- Gastos de la consignación
483.- Retiro de la consignación

Párrafo III - Del pago con subrogación

484.- Concepto de subrogación
485.- Definición de subrogación
486.- Paralelo entre la cesión de créditos y el pago con subrogación
487.- En la subrogación, el tercero que paga tiene diferentes acciones para recuperar lo que pagó
488.- Clases de subrogación
489.- Subrogación legal
490.- Primer caso de subrogación del artículo 1610
491.- Segundo caso.
492.- Utilidad del artículo 1610 Nº 2 en el caso de la purga de la hipoteca
493.- Subrogación del tercer poseedor de la finca hipotecada
494.- Tercer caso: “Del que paga una deuda a que se halla obligado solidaria o subsidiariamente”
495.- Cuarto caso: “Del heredero beneficiario que paga con sus propios dineros las deudas de la herencia”
496.- Quinto caso
497.- Sexto caso
498.- Requisitos para que opere la subrogación del artículo 1610 Nº 6
499.- Subrogación convencional
500.- Requisitos de la subrogación convencional
501.- Efectos de la subrogación

Párrafo IV - Pago con cesión de bienes o por acción ejecutiva del acreedor o acreedores

502.- Ideas generales
503.- Del pago por cesión de bienes
504.- Concepto de pago por cesión de bienes
505.- Características
506.- Requisitos
507.- Procedimiento
508.- Efectos del pago por cesión de bienes
509.- Extinción de la cesión de bienes

Párrafo V - Pago con beneficio de competencia

510.- Ideas generales
511.- Personas que pueden demandar este beneficio
512.- Características

Párrafo VI - De la dación en pago

513.- Ideas generales
514.- Concepto de dación en pago
515.- Definición
516.- La dación en pago es una convención. No es contrato
517.- Naturaleza jurídica de la dación en pago
518.- La dación en pago es una compraventa
519.- La dación en pago sería una novación objetiva, pues se sustituiría una obligación por otra con un objeto distinto
520.- La dación en pago es simplemente una modalidad del pago
521.- La dación en pago es una figura autónoma
522.- Requisitos de la dación en pago
523.- Consentimiento y capacidad de las partes
524.- Animus solvendi
525.- Solemnidades legales en ciertos casos
526.- Efectos de la dación en pago
527.- Evicción de la cosa recibida en pago
528.- Paralelo entre la dación en pago, obligación facultativa y novación

Párrafo VII - De la novación

529.- Ideas generales
530.- La novación es una figura híbrida de contrato y convención
531.- Requisitos de la novación
532.- Una obligación anterior que se extingue
533.- Una obligación nueva que va a reemplazar a la anterior
534.- Diferencia esencial entre ambas obligaciones
535.- No hay novación si la nueva obligación consiste simplemente en añadir o quitar una especie, género o cantidad a la primera
536.- No hay novación si la nueva obligación se limita a imponer una pena o a establecer otra para el caso de incumplimiento
537.- No hay novación si sólo se cambia el lugar del pago
538.- No hay novación por la sola ampliación del plazo
539.- La mera reducción del plazo no constituye novación
540.- No produce novación el giro, aceptación o transferencia de una letra de cambio
541.- No produce novación la entrega de un cheque o documentos que no se pagan
542.- No constituye novación la circunstancia de que el acreedor acepte abonos a cuenta de su crédito
543.- No producen novación las facilidades dadas por el acreedor
544.- No hay novación en reducir a un pagaré un crédito contratado en cuenta corriente
545.- No constituye novación dar en prenda un crédito
546.- Capacidad de las partes para novar
547.- La novación puede celebrarse mediante mandatarios. Capacidad del mandatario
548.- Intención de novar (animus novandi)
549.- Clases de novación
550.- Novación objetiva
551.- Novación subjetiva
552.- Novación subjetiva por cambio de acreedor
553.- Novación subjetiva por cambio de deudor
554.- Efectos de la novación por cambio de deudor, si el nuevo deudor es insolvente
555.- Efectos de la novación
556.- Límites a la reserva de prendas e hipotecas
557.- Las partes pueden convenir garantías para la nueva obligación

Párrafo VIII - De la compensación

558.- Ideas generales
559.- Definición
560.- La compensación importa un doble pago
561.- Clases de compensación
562.- Funciones e importancia de la compensación.
563.- Requisitos de la compensación legal
564.- Que ambas deudas sean de dinero o de cosas fungibles o indeterminadas de igual género y calidad (1656 Nº 1)
565.- Las dos partes deben ser personal y recíprocamente deudoras y acreedoras (artículos 1655 y 1657
566.- Que las deudas sean líquidas (artículo 1656 Nº 2)
567.- Que ambas deudas sean actualmente exigibles (artículo 1656 Nº 3)
568.- Ambas deudas deben ser pagaderas en el mismo lugar
569.- Que ambos créditos sean embargables
570.- Que la compensación no se haga en perjuicio de terceros
571.- Casos de compensación prohibida
572.- Efectos de la compensación legal
573.- Renuncia a la compensación
574.- Compensación en el caso de pluralidad de obligaciones

Párrafo IX - De la remisión

575.- Ideas generales
576.- Definición
577.- Clases de remisión
578.- Remisión por acto entre vivos y testamentaria
579.- Naturaleza jurídica de la remisión por acto entre vivos
580.- Capacidad para remitir por acto entre vivos
581.- Remisión expresa y remisión tácita
582.- Toda remisión es gratuita
583.- Efectos de la remisión
584.- Remisión de las prendas e hipotecas

Párrafo X - De la confusión

585.- Ideas generales
586.- Concepto
587.- Sentido lato de la voz confusión
588.- Causas que pueden generar confusión
589.- Confusión parcial
590.- Obligaciones que pueden extinguirse por este modo
591.- Caso de un titular con más de un patrimonio
592.- Situación especial en el caso de existir solidaridad
593.- Efectos de la confusión

Párrafo XI - Imposibilidad de la ejecución y pérdida de la cosa debida

594.- Ideas generales
595.- Definición
596.- Requisitos de este modo de extinguir tratándose de las obligaciones de dar o entregar una especie o cuerpo cierto
597.- Imposibilidad absoluta
598.- Imposibilidad fortuita
599.- La imposibilidad tiene que sobrevenir a la generación de la obligación.
600.- Cesión de acciones del deudor al acreedor
601.- En el hecho o culpa del deudor se comprende el de las personas por quienes fuere responsable
602.- Responsabilidad del deudor después que ha ofrecido la cosa al acreedor
603.- Requisitos de este modo de extinguir en las obligaciones de hacer
604.- Requisitos de este modo de extinguir en las obligaciones de no hacer

Párrafo XII - De la prescripción

605.- Ideas generales
606.- Clases de prescripción
607.- Definición
608.- La prescripción sólo extingue la acción, no el derecho ni la obligación correlativa
609.- ¿Prescriben las excepciones?
610.- Paralelo entre prescripción adquisitiva y extintiva
611.- Requisitos de la prescripción extintiva
612.- Reglas comunes a toda prescripción
613.- Toda prescripción debe ser alegada
614.- ¿Quién puede alegar la prescripción?
615.- Forma de alegar la prescripción
616.- La prescripción debe ser alegada con precisión
617.- Excepciones a la regla de que toda prescripción debe ser alegada
618.- Toda prescripción puede ser renunciada pero sólo una vez cumplida
619.- Capacidad para renunciar la prescripción
620.- Efectos de la renuncia
621.- La prescripción corre igual contra toda clase de personas
622.- Excepciones a la regla de la igualdad
623.- Acción prescriptible
624.- Inactividad de las partes
625.- Interrupción de la prescripción extintiva
626.- Interrupción natural
627.- Interrupción civil
628.- Requisitos para que exista interrupción civil
629.- Debe haber demanda judicial
630.- Notificación de la demanda
631.- Que no se haya producido alguna de las situaciones previstas en el artículo 2503
632.- Efectos de la interrupción
633.- La interrupción de la prescripción de la obligación principal interrumpe la prescripción de la obligación accesoria
634.- Tiempo de prescripción
635.- Prescripciones de largo tiempo
636.- Prescripción de acciones cambiarias
637.- Prescripción de las obligaciones accesorias
638.- Prescripciones de acciones reales de dominio y de herencia
639.- Prescripciones especiales en el caso de las limitaciones del dominio
640.- Suspensión de la prescripción extintiva de largo tiempo
641.- Prescripciones de corto tiempo
642.- Prescripciones de 3 años
643.- Prescripciones de dos años (prescripción de honorarios de los profesionales liberales)
644.- Prescripciones de un año
645.- Las prescripciones de corto tiempo de los artículos 2521 y 2522 no se suspenden
646.- Intervención de las prescripciones de corto tiempo
647.- Prescripciones especiales
648.- Cláusulas modificatorias de los plazos de prescripción
649.- Prescripción y caducidad
650.- Caducidad en el Código Civil
651.- Diferencias entre prescripción y caducidad

CAPÍTULO QUINTO
DE LA PRELACIÓN DE CRÉDITOS

652.- Explicación de por qué se trata esta materia al final
653.- Generalidades
654.- Concepto e importancia de la prelación de créditos
655.- Concurrencia de los acreedores
656.- Principio de la igualdad
657.- Causas de preferencia
658.- Fundamentos de las preferencias
659.- Clasificación de las preferencias
660.- Características de las preferencias.
661.- Ámbito de la preferencia
662.- Privilegios. Créditos de primera clase
663.- Características de los créditos de primera clase
664.- Situación especial de los créditos hipotecarios de los bancos
665.- Pago de los créditos de primera clase en el caso del deudor declarado en concurso de liquidación concursal
666.- Análisis de los créditos de primera clase
667.- Las costas judiciales que se causen en interés general de los acreedores (artículo 2472 Nº 1)
668.- Expensas funerales necesarias del deudor difunto (ar­tículo 2472 Nº 2)
669.- Gastos de enfermedad del deudor (artículo 2472 Nº 3)
670.- Gastos generados en la liquidación concursal del deudor (artículo 2472 Nº 4)
671.- Las remuneraciones de los trabajadores, las asignaciones familiares, la indemnización del artículo 163 bis número 2, las cotizaciones previsionales y los alimentos que se deben por ley (artículo 2472 Nº 5)
672.- Créditos del Fisco contra las administradoras de fondos de pensiones (artículo 2472 Nº 6)
673.- Los artículos necesarios de subsistencia suministrados al deudor y su familia durante los últimos tres meses (artículo 2472 Nº 7)
674.- Indemnizaciones legales y convencionales de origen laboral (artículo 2472 Nº 8)
675.- Los créditos del Fisco por los impuestos de retención y de recargo (artículo 2472 Nº 9)
676.- Créditos con preferencia superior a los de primera clase
677.- Créditos de segunda clase
678.- Características de los créditos de segunda clase
679.- Crédito del posadero sobre los efectos del deudor introducido en la posada (artículo 2474 Nº 1)
680.- Crédito del acarreador o empresario de transporte sobre los efectos acarreados
681.- Crédito del acreedor prendario sobre la prenda
682.- Nueva realidad creada con las prendas especiales sin desplazamiento
683.- Tercera clase de créditos: créditos hipotecarios (artículo 2477)
684.- Características de los créditos de tercera clase
685.- Bienes sobre los cuales recae la preferencia hipotecaria
686.- Situación especial de la hipoteca sobre aeronaves
687.- Cuarta clase de créditos
688.- Características de los créditos de cuarta clase
689.- Distinción entre los diferentes créditos de cuarta clase.
690.- Estudio particularizado de los créditos de cuarta clase
691.- Créditos del Fisco contra los recaudadores y administradores de bienes fiscales (artículo 2481 Nº 1)
692.- Crédito de los establecimientos públicos en contra de sus administradores y de los recaudadores de sus fondos (artículo 2481 Nº 2)
693.- Privilegio de la mujer casada, por los bienes de su propiedad que administra el marido (artículo 2481 Nº 3)
694.- Personas que pueden alegar la preferencia del artículo 2481 Nº 3
695.- Algunos problemas a que da lugar el privilegio en favor de las mujeres casadas
696.- Bienes de la mujer amparados por el artículo 2481 Nº 3
697.- Oportunidad en que la mujer puede hacer efectiva su preferencia
698.- Bienes sobre los que se hace efectiva la preferencia
699.- Alegación y prueba en el caso del privilegio invocado por la mujer casada
700.- Crédito privilegiado del hijo por los bienes administrados por su padre o madre (artículo 2481 Nº 4)
701.- Privilegio de los pupilos sobre los bienes de sus guardadores (artículo 2481 Nº 5º)
702.- El privilegio contemplado en el artículo 2481 Nº 6 se encuentra tácitamente derogado
703.- Privilegio por expensas comunes de una unidad que forme parte de un condominio
704.- Créditos de quinta clase, acreedores valistas o quirografarios. Subordinación de créditos
705.- Características de la subordinación
706.- Postergación de créditos.
707.- Créditos preferentes que no alcanzan a cubrirse totalmente pasan por el déficit a la quinta clase

Alto
24,5 cm
Ancho
17 cm
Peso
Aprox. 0,7 Kg.
Formato
Rústico
Editorial
Thomson Reuters

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