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MANUAL DE RESPONSABILIDAD DE LOS ESTABLECIMIENTOS EDUCACIONALES - CIVIL, PENAL, ADMINISTRATIVA
MANUAL DE RESPONSABILIDAD DE LOS...

MANUAL DE RESPONSABILIDAD DE LOS ESTABLECIMIENTOS EDUCACIONALES - CIVIL, PENAL, ADMINISTRATIVA

DAM366
$80.000
Impuestos incluidos

Autora : Francia Castro Burgos
Edición : 2024
Formato : 1 Tomo - 917 Páginas
ISBN : 978-956-286-350-6
Editorial : Metropolitana

 

Este trabajo explica los distintos tipos de responsabilidades que la legislación establece en relación con los profesionales de la educación que ejercen funciones en establecimientos educacionales reconocidos oficialmente por el Estado en relación con los hechos que afecten a los niños, niñas y adolescentes alumnos de dichos establecimientos educacionales, en función de los deberes de cuidado, vigilancia y protección que como Garantes de los Derechos de sus alumnos les corresponden.

Se  analizan las “Obligaciones Legales”, es decir, las disposiciones establecidas en distintos cuerpos normativos, que imponen comportamientos obligatorios a quienes ejercen como profesionales de la educación dentro de una determinada Comunidad Educativa; y las “Responsabilidades”, es decir, las consecuencias jurídicas que trae aparejado el incumplimiento de obligaciones legales, en el ámbito civil, penal, administrativo o contractual-profesional, considerando la normativa legal vigente sobre los Derechos del Niño, especialmente en al ámbito proteccional.

Las obligaciones y responsabilidades de los profesionales de la educación adquieren aún más relevancia institucional con la entrada en vigencia de la Ley N° 21.430 que obliga a los distintos Órganos de la Administración del Estado, dentro de sus competencias, a garantizar el pleno goce y ejercicio de los derechos de los niños, niñas y adolescentes, siendo así también los establecimientos educacionales institucionalmente Garantes de Derechos de sus alumnos, y en tal contexto responsables de otorgar garantía y protección integral que posibilite el ejercicio efectivo y goce pleno de los derechos de NNA, en especial los derechos humanos reconocidos en la Constitución Política de la República, en la Convención sobre los Derechos del Niño, en los demás Tratados Internacionales de derechos humanos ratificados por Chile que se encuentren vigentes y en las leyes.

La sistematización y el lenguaje que se utiliza en este trabajo sirva como material de consulta, tanto para profesionales que se desenvuelvan en el ámbito jurídico, como para quienes no, pero que están obligados, o en la necesidad de conocer las materias aquí tratadas, como profesores, directores, orientadores, padres, madres, apoderados, profesionales dedicados al tema de infancia, y el público en general.

Puedes descargar el índice completo aquí.

 

CAPÍTULO I
NOCIONES INTRODUCTORIAS BÁSICAS

I. FUNDAMENTO DE LA EXIGENCIA DEL “CONOCIMIENTO DE LA LEY” POR TODOS LOS HABITANTES DE LA REPÚBLICA

1. Normas Legales relativas al Conocimiento de la Ley

II. INCORPORACIÓN DE LOS TRATADOS INTERNACIONALES EN EL ORDENAMIENTO JURÍDICO INTERNO NACIONAL

1. Cumplimiento de Tratados y Obligaciones Internacionales por un Estado

III. IMPORTANCIA DE LA CIDN COMO TEXTO FUNDAMENTAL DE LA LEGISLACIÓN NACIONAL VIGENTE EN MATERIA DE INFANCIA

1. Convención Internacional Sobre los Derechos del Niño (CIDN)
2. Incorporación de normas sobre Derechos Humanos en el ordenamiento jurídico conforme a lo establecido en el Texto Constitucional
3. Importancia de la CIDN en el Sistema Jurídico Chileno

IV. DEBER PRIMORDIAL DEL ESTADO DE DAR PROTECCIÓN A LA INFANTOADOLESCENCIA

1. Compromiso de Chile de promover, fortalecer y difundir los derechos de los NNA, asumido a nivel internacional
2. Defensa de los derechos garantidos por la CIDN
3. Consideración de los NNA como población en “Condición de Vulnerabilidad”
4. Ley N° 21.430 sobre garantías y protección integral de los derechos de la niñez y adolescencia

V. CONCEPTOS BÁSICOS NECESARIOS DE MANEJAR PARA UN LENGUAJE COMÚN DE INFANCIA

1. Protección de derechos de NNA
2. Obligación del Estado de dar protección a los derechos de NNA
3. Promoción y prevención de vulneraciones de derechos contra NNA
4. Derechos de NNA
5. NNA sujetos de derechos y no objetos de derechos
6. Estado garante de derechos
7. Garantes de derechos
8. Sistema de garantías y protección integral
9. Sujetos de derecho: (Artículo 6° de la Ley N° 21.430)
10. Derechos y garantías
11. Interés superior del NNA (Artículo 7° de la Ley N° 21.430)
12. Igualdad y no discriminación arbitraria: (Artículo 8 de la Ley N° 21.430)
13. Fortalecimiento del rol protector de la familia (Artículo 9 de la Ley N° 21.430)
14. Derecho y deber preferente de los padres y/o madres a educar y cuidar a sus hijos (Artículo 10 de la Ley N° 21.430)
15. Autonomía progresiva: (Artículo 11 de la Ley N° 21.430)
16. Efectividad de los derechos (Artículo 12 de la Ley N° 21.430)
17. Perspectiva de género (Artículo 13 de la Ley N° 21.430)
18. Responsabilidad de la Administración del Estado (Artículo 14 de la Ley N° 21.430)
19. Protección social de la infancia y adolescencia (Artículo 15 de la Ley N° 21.430)
20. Prioridad (Artículo 16 de la Ley N° 21.430)
21. Progresividad y no regresividad de derechos (Artículo 17 de la
Ley N° 21.430)
22. Participación social (Artículo 18 de la Ley N° 21.430)
23. Principio de inclusión (Artículo 19 de la Ley N° 21.430)
24. Difusión de los derechos de los NNA (Artículo 20 de la Ley N° 21.430)
25. Principio de intersectorialidad (Artículo 21 de la Ley N° 21.430)
26. Principio de participación y colaboración ciudadana (Artículo 21 de la Ley N° 21.430)
27. Derechos civiles y políticos (Artículo 23 de la Ley N° 21.430)
28. Derecho a la vida (Artículo 24 de la Ley N° 21.430)
29. Derecho a un nivel de vida, desarrollo y entorno adecuado (Artículo 25 de la Ley N° 21.430)
30. Derecho a la identidad (Artículo 26 de la Ley N° 21.430)
31. Derecho a vivir en familia (Artículo 27 de la Ley N° 21.430)
32. Derecho a ser oído (Artículo 28 de la Ley N° 21.430)
33. Libertad de expresión y comunicación (Artículo 29 de la Ley N° 21.430)
34. Libertad de pensamiento, conciencia y religión (Artículo 30 de la Ley N° 21.430)
35. Libertad de asociación y reunión (Artículo 31 de la Ley N° 21.430)
36. Derecho a la Participación (Artículo 32 de la Ley N° 21.430)
37. Derecho a la vida privada y a la protección de datos personales (Artículo 33 de la Ley N° 21.430)
38. Derecho a la honra, intimidad y propia imagen (Artículo 34 de la Ley N° 21.430)
39. Derecho a la información (Artículo 35 de la Ley N° 21.430)
40. Derecho a la protección contra la violencia (Artículo 36 de la Ley N° 21.430)
41. Protección contra la explotación económica, la explotación sexual comercial y el trabajo infantil (Artículo 37 de la Ley N° 21.430)
42. Derecho a la salud y a los servicios de salud (Artículo 38 de la Ley N° 21.430)
43. Derecho a atención médica de emergencia (Artículo 39 de la Ley N° 21.430)
44. Derecho a recibir información sobre su salud y otorgamiento el cometimiento informado (Artículo 40 de la Ley N° 21.430)
45. Derecho a la educación (Artículo 41 de la Ley N° 21.430)
46. Derecho a la atención a la diversidad educativa (Artículo 42 de la Ley N° 21.430)
47. Derecho a la seguridad social (Artículo 43 de la Ley N° 21.430)
48. Derecho a la recreación, al deporte y a la participación en la vida cultural y en las artes (Artículo 44 de la Ley N° 21.430)
49. Medidas de prevención y protección del embarazo, maternidad y paternidad de menores de 18 años (Artículo 45 de la Ley N° 21.430)
50. Derecho a vivir y ocupar zonas y equipamientos recreativos (Artículo 46 de la Ley N° 21.430)
51. Derechos y deberes en el espacio urbano (Artículo 47 de la Ley N° 21.430)52.- Derecho a vivir en un medio ambiente saludable y sostenible, a conocerlo y a disfrutar de él (Artículo 48 de la Ley N° 21.430)
53. Libertad personal y ambulatoria (Artículo 49 de la Ley N° 21.430)
54. Garantías de un debido proceso, tutela judicial efectiva y especialización (Artículo 50 de la Ley N° 21.430)
55. Derecho a la protección reforzada y especializada de los NNA vulnerados en sus derechos y de los adolescentes en conflicto con la ley (Artículo 51 de la Ley N° 21.430)
56. Derechos de protección internacional, a solicitar y recibir protección como refugiado, a solicitar reconocimiento de su condición de apátrida (Artículo 52 de la Ley N° 21.430)
57. Protección y defensa como consumidores y usuarios (Artículo 53 de la Ley N° 21.430)
58. Derecho a la seguridad en el consumo de bienes, productos o servicios comercializados para uso o consumo de NNA (Artículo 54 de la Ley N° 21.430)
59. Derecho al respecto de principios en las actuaciones de publicidad dirigida a NNA (Artículo 55 de la Ley N° 21.430)
60. Deberes y responsabilidades de los NNA (Artículo 56 de la Ley N° 21.430)
61. Maltrato Infantil
62. Vulneración de derechos contra NNA
63. Formas de maltrato infantil
64. Vulneración de derechos de baja complejidad
65. Vulneración de derechos de mediana complejidad
66. Vulneración de derechos de alta complejidad

VI.- IMPORTANCIA DEL ROL DEL DOCENTE COMO GARANTE DE LOS DERECHOS DE LOS NNA

1. Importancia de la Función del Docente en la Defensa de los Derechos Garantidos por la CIDN
2. Rol del docente en denuncias de vulneración de derechos contra NNA.

CAPÍTULO II
OBLIGACIÓN LEGAL DE DENUNCIAR HECHOS DELICTUALES. IDEAS GENERALES

I. EL MINISTERIO PÚBLICO COMO ENTE PERSECUTOR DE DELITOS EN EL SISTEMA DE JUSTICIA PENAL CHILENO

1. El Ministerio Público
2. Corresponde de forma exclusiva y excluyente al Ministerio Público la dirección de la investigación
del imputado
3. Inicio de un Procedimiento Penal

II. DENUNCIA OBLIGATORIA DE DELITOS REFERIDA A LOS PROFESIONALES DE LA EDUCACIÓN

1. Denuncia Obligatoria
2. Plazo para Efectuar la Denuncia Obligatoria
3. Fundamento para efectuar la Denuncia Obligatoria por las Personas señaladas en el Artículo 175 CPP
4. Fundamento para efectuar la Denuncia de los profesionales de la Educación
5. Se debe Denunciar la Comisión de Hechos que Revistan Caracteres de Delito
6. Hechos que conforme al artículo 175 letra e) se deben denunciar
7. Incumplimiento de la obligación de denunciar
8. Responsabilidad del Denunciante
9. Derecho a Intervenir en el Proceso
10. Diferencia entre ser Denunciante e Interviniente en un Procedimiento Penal

III. DEBER DE DENUNCIA CONTENIDA EN LA LEY N° 21.430, EN LO RELATIVO A HECHOS QUE REVISTAN CARACTERES DE DELITOS

1. Deber de Denuncia de la Ley N° 21.430
2. Interpretación del artículo 63 de la Ley N° 21.430, en relación con las normas del CPP sobre Denuncia Obligatoria de Delitos contra NNA
3. Acción Contra el Denunciante
4. Diferencia entre Delitos y Vulneraciones de Derechos

IV. CATÁLOGO DE DELITOS A MODO ILUSTRATIVO

1. Maltrato Habitual (Artículo 14 de la Ley 20.066 de Violencia Intrafamiliar)
2. Secuestro (Artículo 141 del CP)
3. Sustracción de Menores (Artículo 142 del CP)
4. Parricidio (Artículo 390 del CP)
5. Femicidio (Artículo 390 bis y 390 ter del CP)
6. Delito de Amenazas (Artículo 296 a 297 bis del CP)
7. Homicidio (Artículo 391 del CP)
8. Infanticidio (Artículo 394 del CP)
9. Mutilaciones (Reguladas en los artículos 395 y 396 del Código Penal)
10. Lesiones Graves (Artículos 397 y 398 CP
11. Lesiones Menos Graves o de Mediana Gravedad (Artículo 399 del Código Penal)
12. Lesiones Leves (Artículo 494 N° 5 del Código Penal que sanciona las Faltas)
13. Maltrato de Menores de 18 años de edad, Adultos Mayores y Personas en Situación de Discapacidad (Artículo 403 bis del CP)
14. Abandono de Niños y Personas Desvalidas (Artículos 346 a 352 del CP)
15. Inducción a Menor de edad a Abandonar el Hogar: (Artículo 357 del CP)
16. Delitos Sexuales: La legislación chilena no define expresamente qué se entiende por delitos sexuales o de connotación sexual
17. Violación (Violación Propia) (Artículo 361 del CP)
18. Violación de Menor de Edad (Violación Impropia): (Artículo 362 del CP)
19. Violación Agravada (Artículo 372 bis del CP)
20. Estupro (Artículo 363 del CP)
21. Abuso Sexual (Abuso Sexual Propio) (Artículo 366 del CP)
22. Abuso Sexual contra Menor de Edad (Abuso Sexual Impropio): (Artículo 366 bis del CP)
23. Abuso Sexual Agravado (Artículo 365 bis del CP)
24. Exposición del NNA a Actos de Significación Sexual (Artículo 366 quater del CP)
25. Promoción o Facilitación de la Explotación Sexual Comercial Infantil (Artículo 367 del CP)
26. Promoción o Facilitación de la ESCI Impropia (Sanción al Cliente)
27. Comercialización, importación, exportación, distribución, difusión, exhibición, adquisición o almacenamiento de material pornográfico o de explotación sexual (Artículo 367 quater del CP)
28. (Artículo 367 septies del CP)
29. Importancia de Denuncia de los delitos que se indican (Artículo 369 del CP)
30. Incesto (Art. 375 Código Penal)
31. Tráfico de Migrantes (Artículo 411 bis del Código Penal)
32. Promoción o Facilitación de la Prostitución (Artículo 411 ter del Código Penal)
33. Trata de Personas (Artículo 411 quater del Código Penal)
34. Calumnia (Artículo 412 y 413 del Código Penal)
35. Injuria (Artículo 416 a 419 del Código Penal)

CAPÍTULO III
SOLICITUD DE MEDIDAS DE PROTECCIÓN JUDICIALES Y ADMINISTRATIVAS. IDEAS GENERALES

I. NORMAS DE LA LEY N° 19.968 QUE ESTABLECEN REGLAS ESPECIALES APLICABLES A CAUSAS PROTECCIONALES

1. Materias que son de Competencia de los Juzgados de Familia
2. Característica de la Ley de Tribunales de Familia

II. DERECHO DEL NNA A OBTENER MEDIDAS DE PROTECCIÓN CONTENIDAS EN LA CIDN

1. El artículo 3 de la CIDN se refiere al “Interés Superior del Niño”: Principio que para esta Convención implica
2. El artículo 12 de la CIDN trata del “Derecho del Niño a emitir Opinión (en procedimientos judiciales o administrativos) tomando en cuenta su edad y madurez”
3. El artículo 19 de la CIDN habla del “Derecho del Niño a Obtener Medidas de Protección”
4. El artículo 20 de la CIDN se refiere al “Derecho del Niño a ser Protegido por el Estado mientras se encuentra en Medidas de Protección”.

III. PROCEDIMIENTO DE APLICACIÓN DE MEDIDAS DE PROTECCIÓN JUDICIAL CONTENIDO EN LA LEY N° 19.968

1. Inicio del Procedimiento Judicial para la Aplicación de una Medida de Protección
2. Medidas Cautelares Especiales Establecidas en el Artículo 71 de la Ley Nº 19.968
3. Tramitación de las Medidas de Protección
4. Suspensión, Modificación y Cesación de las Medidas de Protección

IV. PROCEDIMIENTO DE APLICACIÓN DE MEDIDAS DE PROTECCIÓN ADMINISTRATIVAS CONTENIDO EN LA LEY N° 21.430

1. Normas establecidas en la Ley N° 21.430 sobre Aplicación de Medidas de Protección en favor de NNA
2. Definiciones Legales Contenidas en el Artículo 57 de la Ley N° 21.430
3. Principios Rectores de los Procesos de Protección Administrativos y Judiciales
4. Reglas Generales para la Adopción de Medida de Protección Administrativa y Judiciales (Artículo 59 de la Ley N° 21.430)
5. Acción de Tutela Administrativa de Derechos
6. Oficinas Locales de la Niñez (OLN)
7. Medidas de Protección Administrativas
8. Procedimiento de Protección Administrativa (Artículos 72 y 73 de la Ley N° 21.430)
9. Reglamentación de los procedimientos que las OLN deben seguir en Cumplimiento de sus Funciones
10. Paralelo entre las Medidas de Protección Administrativa Universal y Especializada
11. Acción de Reclamación por Ilegalidad ante la Corte de Apelaciones

V.- SOLICITUD DE MEDIDAS DE PROTECCIÓN A FAVOR DE UN ALUMNO POR PARTE DE UN ESTABLECIMIENTO EDUCACIONAL

1.- ¿Facultad u Obligación Legal?

CAPÍTULO IV
RESPONSABILIDAD CIVIL QUE POR LEY PUEDE CORRESPONDER A LOS ESTABLECIMIENTOS EDUCACIONALES. ABORDAJE DEL TEMA EN ESTE CAPÍTULO

I. RESPONSABILIDAD CIVIL EN GENERAL. NOCIONES BÁSICAS

1. Responsabilidad Civil
2. Obligación
3. Fuente de Obligación
4. La Responsabilidad Civil
5. Diferencias entre la Responsabilidad Civil Contractual y Extracontractual

II. RESPONSABILIDAD CIVIL CONTRACTUAL DE LOS ESTABLECIMIENTOS EDUCACIONALES

1. Conceptos y Definiciones Contenidos en la Ley N° 20.370 General de Educación
2. Principios del Sistema Educativo Chileno
3. Comunidad Educativa: (Artículo 9° de la Ley N° 20.370)
4. Reconocimiento Oficial del Estado
5. Clases de Sostenedores de Establecimientos Educacionale
6. Derechos y Deberes Consagrados en la Ley General de Educación
7. Conceptos, Definiciones e Instituciones de la Ley N° 21.040 que Crea el Sistema de Educación Pública
8. El Contrato de Prestación de Servicios Educacionales en Chile

A.- PRESTACIÓN DE SERVICIOS EDUCACIONALES EN ESTABLECIMIENTOS DE EDUCACIÓN PÚBLICA

1. Fundamentación de la Prestación de Servicios por el Estado en la Educación Pública
2. Existencia de Normativa Legal Específica
3. Institucionalidad Educacional

B.- PRESTACIÓN DE SERVICIOS EDUCACIONALES EN ESTABLECIMIENTOS EDUCACIONALES PRIVADOS PAGADOS

1. El Servicio Nacional del Consumidor o SERNAC
2. Ley N° 19.496 que establece Normas Sobre Protección de Derechos de los Consumidores
3. Ámbito de aplicación de la LPDC en relación con la Prestación de Servicios Educacionales
4. Exclusión del Ámbito de Aplicación de la Ley N° 19.496
5. Excepción relativa a la especialidad de la ley en relación con la aplicación de la LPDC: Contraexcepciones
6. Norma Interpretativa expresa de la LPDC en favor del Consumidor
7. Tribunal Competente y Procedimiento Aplicable
8. Circular Interpretativa sobre los Contratos de Prestación de Servicios de Educación Formal y No Formal del SERNAC

I. RESPONSABILIDAD CIVIL EXTRACONTRACTUAL QUE POR LEY PUEDE IMPUTARSE A LOS JEFES DE ESTABLECIMIENTOS EDUCACIONALES

1. Fundamentos de la Responsabilidad Civil Extracontractual
2. Concepto de Hecho Ilícito
3. Requisitos para que Exista Responsabilidad Civil Extracontractual
4.- Presunciones de Culpabilidad en el Código Civil

A. RESPONSABILIDAD DE LOS JEFES DE COLEGIOS Y ESCUELAS (ARTÍCULO 2320 INCISO 4º DEL CC)

1. Exigencias del artículo 2320 del CC relativas a la responsabilidad de los jefes de colegios y escuelas
2. Análisis de artículo 2320 del CC en relación con la responsabilidad extracontractual de los jefes de colegios y escuelas
3. Requisitos para que el establecimiento educacional responda civilmente de acuerdo al artículo 2320 del CC
4. Eximente de responsabilidad contenida en el artículo 2320 inciso final del CC

B. RESPONSABILIDAD DE LOS PADRES POR LOS ACTOS DE SUS HIJOS MENORES DE EDAD

1. Fundamento de la responsabilidad de los padres por los hechos ilícitos de sus hijos menores de edad
2. Eximentes de Responsabilidad contenidas en los Artículos 2320 inciso 2° y 2321 del CC

C. RESPONSABILIDAD DE TUTORES Y CURADORES

CAPÍTULO V
CONVIVENCIA ESCOLAR. LEY AULA SEGURA Y LEY TEA. IDEAS GENERALES

I. LEY 20.536 SOBRE VIOLENCIA ESCOLAR

1. Definición de Buena Convivencia Escolar
2. Definición de Acoso Escolar
3. Obligación de la comunidad educativa en este tema
4. Violencia cometida por quien detente posición de autoridad en el establecimiento educacional
5. Deber de informar situaciones de violencia escolar
6. Capacitaciones al personal de establecimientos educacionales
7. Reglamento Interno como requisito para el reconocimiento oficial de un establecimiento educacional
8. En su Artículo Transitorio la Ley N° 20.536 establece que los establecimientos educacionales que no estén legalmente obligados a constituir el “Consejo Escolar” deberán crear un “Comité de Buena Convivencia Escolar” u otra entidad de similares características en el plazo de seis meses a contar de la publicación de esta ley
9. Política Nacional de Convivencia Escolar
10. Consideraciones Generales de la Ley sobre Violencia Escolar
11. Procedimiento Administrativo Sancionatorio del Artículo 51 de la Ley N° 20.529 por la Superintendencia de Educación

II. LEY N° 21.128 DE AULA SEGURA

1. Incorporación de la Ley Aula Segura, en la Ley de sobre Subvención del Estado a establecimientos educacionales

2. Artículo 6º Ley de Subvenciones vigente

3. Consideraciones en relación con lo prescrito en el artículo 6° letra d) de la Ley sobre Subvenciones

4. Reglamento Interno

5. Debido Proceso
A. El Debido Proceso en General
B. El Debido Proceso en un Contexto no Judicial, y en un Procedimiento No Penal
C. El Debido Proceso en la Ley Aula Segura
1. Cumplimiento de la normativa legal exigida en los Reglamentos Internos de los
establecimientos educacionales
2. Cumplimiento de las Garantías del Debido Proceso en los Procedimientos Sancionatorios de los establecimientos educacionales
2.1. Procedimientos Sancionatorios de la Ley Aula Segura en los establecimientos educacionales
2.2. Elementos Constitutivos del Debido Proceso

6. Recurso de Protección
6.1. Concepto Recurso de Protección
6.2. Tramitación del Recurso de Protección

CAPÍTULO VI
DIFERENCIA E INDEPENDENCIA DE LA ACCIÓN CIVIL, PENAL Y ADMINISTRATIVA. NOCIONES BÁSICAS

I. ACCIÓN PENAL Y ACCIÓN CIVIL EMANADAS DE UN MISMO HECHO

1. Diferencias entre un Ilícito Penal y un Ilícito Civil
2. Normas Legales que Consagran la Diferencia e Independencia de la Acción Penal y de la Acción Civil emanada de un Mismo Hecho
3. Importancia de esta Distinción
4. Responsabilidad Civil Demandada por Varios Producto de un mismo Hecho
5. Consideración del Artículo 10 de la Ley de Responsabilidad Penal Juvenil en relación con el artículo 2320 del CC

II. ACCIÓN ADMINISTRATIVA

1. Ideas Generales sobre la Responsabilidad Administrativa
2. Los Funcionarios Públicos
3. El Poder Disciplinario y el Fundamento de la Responsabilidad Administrativa
4. Consagración Constitucional de la Responsabilidad Administrativa del Estado
5. Responsabilidad de los Funcionarios Públicos
6. Presupuestos de la Responsabilidad Disciplinaria
7. Procedimientos Administrativos Disciplinarios
8. Investigación Sumaria y Sumario Administrativo
9. Medidas Disciplinarias
10. Extinción de la Responsabilidad Administrativa

III. RESPONSABILIDAD ADMINISTRATIVA DE PROFESIONALES DE LA EDUCACIÓN

1. Régimen Estatutario que rige a los Profesionales de la Educación
2. Ámbito de Aplicación

Anexos
Jurisprudencia relacionada con la responsabilidad civil de los Establecimientos Educacionales (Referida En El Capitulo IV)

Alto
24 cm
Ancho
17 cm
Peso
Aprox. 1,5 Kg.
Formato
Rústico
Editorial
Metropolitana

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