TODA LA NORMATIVA QUE SE PRESENTA EN ESTE LIBRO SE ENCUENTRA REVISADA Y ACTUALIZADA AL DÍA 1 DE MARZO DE 2026.
CAPÍTULO I
MARCO CONSTITUCIONAL
I.1. Constitución Política de la República (Art. pertinentes)
CAPÍTULO II
SEGURIDAD PRIVADA LEY NO 21.659 Y NORMAS REGLAMENTARIAS
II.1. Ley No 21.659 sobre Seguridad Privada
II.2. Decreto No 209, aprueba Reglamento de Seguridad Privada de la Ley No 21.659 sobre Seguridad Privada
II.3. Decreto No 208, aprueba Reglamento de Eventos Masivos de la Ley No 21.659 sobre Seguridad Privada
II.4. Resolución No 1.820, exenta aprueba matriz de factores de riesgo en seguridad privada para la clasificación de entidades en el marco de la Ley No 21.659, sobre Seguridad Privada
II.5. Resolución No 1.977, aprueba instrucciones generales para la actividad de seguridad privada relativa a la custodia y transporte de carga sobredimensionada
II.6. Resolución Exenta No 2.099, aprueba instrucciones generales para el transporte de valores por vía fluvial, lacustre o marítima
II.7. Resolución Exenta No 2.100, aprueba formulario de solicitud y acta descriptiva para la autorización de eventos masivos en el marco de la Ley No 21.659, sobre Seguridad Privada
II.8. Resolución Exenta No 2.121, aprueba procedimiento y determina las zonas urbanas en que las operaciones de transporte de valores serán consideradas de alto riesgo
II.9. Resolución Exenta No 2.183, aprueba instrucciones generales sobre capacitación y exámenes en seguridad privada, aplicables a vigilantes privados, guardias de seguridad, porteros, nocheros, rondines u otros de similar carácter, cuya autoridad fiscalizadora es Carabineros de Chile
II.10. Resolución Exenta No 2.277, aprueba instrucciones generales sobre procedimiento de autorización de planes, programas, perfiles de ingreso y egreso de los cursos de capacitación en materia de seguridad privada y sobre la solicitud de exámenes
II.11. Resolución Exenta No 2.310, aprueba instrucciones generales sobre transitoriedad de la Ley No 21.659 y del Decreto No 209, de 2024, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, que aprueba reglamento de Seguridad Privada
II.12. Resolución No 396, aprueba instrucciones generales sobre capacitación y exámenes en seguridad privada, aplicables a vigilantes privados, guardias de seguridad, porteros, nocheros, rondines u otros de similar carácter, cuya autoridad fiscalizadora es la Dirección General del Territorio Marítimo y de Marina Mercante
CAPÍTULO III
SEGURIDAD PRIVADA DECRETO LEY NO 3.607 Y NORMAS REGLAMENTARIAS
III.1. Decreto Ley No 3.607, deroga DL. No 194, de 1973, y establece nuevas normas sobre funcionamiento de vigilantes privados
III.2. Ley No 19.303, establece obligaciones a entidades que indica, en materia de seguridad de las personas
CAPÍTULO IV
AUTORIDADES FISCALIZADORAS
Párrafo 1. Autoridades Fiscalizadoras Específicas Ley de Seguridad Privada
IV.1.1. Ley No 18.961, Orgánica Constitucional de Carabineros de Chile (Art. pertinentes)
IV.1.2. Decrero con Fuerza de Ley No 292, aprueba la Ley Orgánica de la Dirección General del Territorio Marítimo y de la Marina Mercante (Art. pertinentes)
IV.1.3. Ley No 16.752, fija organización y funciones y establece disposiciones generales a la Dirección General de Aeronáutica Civil (Art. pertinentes)
IV.1.4. Ley No 21.659, sobre Seguridad Privada (Art. pertinentes)
Párrafo 2. Autoridades Rectoras Seguridad Privada
IV.2.1. Ley No 21.730, crea el Ministerio de Seguridad Pública (Art. pertinentes)
IV.2.2. Ley No 21.659, sobre Seguridad Privada (Art. pertinentes)
Párrafo 3. Autoridades Fiscalizadoras Ley sobre Control de Armas y Explosivos
IV.3.1. Decreto No 400, fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley No 17.798, sobre Control de Armas (Art. pertinentes)
Párrafo 4. Autoridades Fiscalizadoras Eventos Masivos
IV.4.1. Decreto con Fuerza de Ley No 1-19175, fija el texto refundido, coordinado y sistematizado y actualizado de la Ley No 19.175, Orgánica Constitucional sobre Gobierno y Administración Regional (Art. pertinentes)
IV.4.2. Ley No 21.659, sobre Seguridad Privada (Art. pertinentes)
Párrafo 5. Autoridades fiscalizadoras generales
IV.5.1. Autoridad Fiscalizadora Sanitaria
IV.5.1.1. Código Sanitario (Art. pertinentes)
IV.5.2. Autoridad Fiscalizadora Laboral
IV.5.2.1. Código del Trabajo (Art. pertinentes)
IV.5.2.2. Ley No 21.659, sobre Seguridad Privada (Art. pertinentes)
IV.5.3. Autoridad Fiscalizadora del Tránsito
IV.5.3.1. Ley No 18.290, de Tránsito (Art. pertinentes)
CAPÍTULO V
IMPLEMENTOS A FISCALIZAR
Párrafo 1. Armas de Fuego y Munición
V.1.1. Decreto No 400, fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley No 17.798, sobre Control de Armas. (Art. pertinentes)
V.1.2. Decreto No 83, aprueba Reglamento Complementario de la Ley No 17.798, sobre Control de Armas de y Elementos Similares. (Art. pertinentes)
V.1.3. Decreto Ley No 3.356, fija normas uniformes para ser aplicadas a los Señores Generales, Almirantes y Suboficiales Mayores en Retiros de las Fuerzas Armadas y Carabineros de Chile. Ministerio de Defensa Nacional
V.1.4. Código Penal (Art. pertinentes)
Párrafo 2. Armas No Letales
V.2.1. Ley No 21.659, sobre Seguridad Privada (Art. pertinentes)
V.2.2. Decreto No 209, aprueba Reglamento de Seguridad Privada de la Ley No 21.659 sobre Seguridad Privada (Art. pertinentes)
Párrafo 3. Drones
V.3.1. Ley No 21.659, sobre Seguridad Privada (Art. pertinentes)
V.3.2. Decreto No 209, aprueba Reglamento de Seguridad Privada de la Ley No 21.659 sobre Seguridad Privada (Art. pertinentes)
Párrafo 4. Cajeros Automáticos
V.4.1. Ley No 20.601, aumenta las penas del delito de robo de cajeros automáticos
V.4.2. Ley No 21.659, sobre Seguridad Privada (Art. pertinentes)
V.4.3. Decreto No 209, aprueba Reglamento de Seguridad
Privada de la Ley No 21.659 sobre Seguridad Privada (Art. pertinentes)
V.4.4. Decreto No 222, regula medidas mínimas de seguridad aplicables a la instalación y operación de cajeros automáticos, dispensadores o contenedores de dinero de cualquier especie
Párrafo 5. Desfibriladores
V.5.1. Ley No 21.156, establece la obligación de disponer de desfibriladores externos automáticos portátiles en los establecimientos y recintos que indica
V.5.2. Decreto No 56, aprueba reglamento sobre la obligación de disponer de desfibriladores externos automáticos portátiles en los establecimientos y recintos que indica, de acuerdo a lo establecido por la Ley No 21.156 (Art. pertinentes)
Párrafo 6. Seguros
V.6.1. Código de Comercio (Art. pertinentes)
CAPÍTULO VI
CASINOS DE JUEGO
VI.1. Ley No 19.995, establece las bases generales para la autorización, funcionamiento y fiscalización de casinos de juego (Art. pertinentes)
VI.2. Decreto No 287, reglamento de funcionamiento y fiscalización de casinos de juego (Art. pertinentes)
CAPÍTULO VII
FUNERALES DE RIESGO
VII.1. Ley No 21.717, establece normas para la realización de funerales de riesgo y modifica otros cuerpos legales
VII.2. Decreto No 56, aprueba reglamento que establece la metodología y los antecedentes para calificar un funeral como de riesgo, así como otras materias relacionadas establecidas en la Ley No 21.717
CAPÍTULO VIII
FÚTBOL PROFESIONAL
VIII.1. Ley No 19.327, de derechos y deberes en los espectáculos de fútbol profesional. (Art. pertinentes)
VIII.2. Decreto No 1.046, aprueba reglamento de la Ley No 19.327, que establece derechos y deberes en los espectáculos de fútbol profesional (Art. pertinentes)
CAPÍTULO IX
EVENTOS MASIVOS
IX.1. Ley No 21.659, sobre Seguridad Privada (Art. pertinentes)
IX.2. Decreto No 208, aprueba reglamento de eventos masivos de la Ley No 21.659 sobre Seguridad Privada
CAPÍTULO X
DERECHOS FUNDAMENTALES
X.1. Constitución Política de la República de Chile (Art. pertinentes)
X.2. Ley No 21.659, sobre Seguridad Privada (Art. pertinentes)
X.3. Decreto con Fuerza de Ley No 3, fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley No 19.496, que establece normas sobre Protección de los Derechos de los Consumidores (Art. pertinentes)
X.4. Ley No 20.422, establece normas sobre igualdad de oportunidades e inclusión social de personas con discapacidad (Art. pertinentes)
X.5. Ley No 20.609, establece medidas contra la discriminación (Art. pertinentes)
X.6. Ley No 21.559, regula el acceso a servicios sanitarios y atención preferente a personas con enfermedades inflamatorias intestinales, promueve su conocimiento y la no discriminación
X.7. Ley No 19.628, sobre protección de la vida privada (Art. pertinentes)
X.8. Decreto con Fuerza de Ley No 1, fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del Código del Trabajo (Art. pertinentes)
X.9. Decreto No 209, aprueba Reglamento de Seguridad Privada de la Ley No 21.675 sobre Seguridad Privada (Art. pertinentes)
X.10. Ley No 21.675, estatuye medidas para prevenir, sancionar y erradicar la violencia en contra de las mujeres, en razón de su género (Art. pertinentes)
CAPÍTULO XI
PROCEDIMIENTOS
Párrafo 1. Procedimientos administrativos
XI.1.1. Ley No 19.880, establece bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los actos de los órganos de la administración del Estado
XI.1.2. Ley No 20.285, sobre acceso a la Información Pública, Ministerio Secretaría General de la Presidencia (Art. pertinentes)
XI.1.3. Ley No 20.730, regula el lobby y las gestiones que representen intereses particulares ante las autoridades y funcionarios (Art. pertinentes)
XI.1.4. Ley No 21.659, sobre Seguridad Privada, Ministerio del Interior y Seguridad Pública (Art. pertinentes)
Párrafo 2. Procedimiento judicial
XI.2.1. Ley No 18.287, establece procedimiento ante los Juzgados de Policía Local