EL PRINCIPIO “QUIEN CONSERVA, COBRA” Y SU APORTE EN MATERIA DE PROTECCIÓN AMBIENTAL
Autora : Josefa Valdivia Cubillos
Edición : Diciembre 2019
Formato : 1 Tomo - 191 Páginas
ISBN : 978-956-6022-52-7
Editorial : Hammurabi
La presente investigación tiene por objeto la construcción de un nuevo principio ambiental denominado “Quien Conserva, Cobra”, que constituye la base de instrumentos de conservación basados en incentivos económicos. Se plantea como una herramienta propicia y efectiva para la conservación, reconociendo el valor de los servicios ecosistémicos y procurando garantizar su continua provisión, con el objetivo final de hacer efectiva la Justicia Ambiental.
Se ha concluido que los instrumentos de conservación que se inspiran en este principio tienen un espacio dentro de nuestra legislación nacional para ser incorporados, además de sugerir modificaciones a incentivos de conservación ya existentes que no han sido capaces de alcanzar los objetivos para los cuales fueron creados. Es así como el principio “Quien Conserva, Cobra” se erige como un aporte en materia de protección ambiental.
Trabajo financiado por el Centro de Recursos Hídricos de la Agricultura y Minería (CRHIAM). Estuvo dirigida por la Dra. Verónica Delgado Schneider, con la asistencia del Dr. Ricardo Figueroa, ambos investigadores del mismo Centro Fondap de Conicyt.
INTRODUCCIÓN
I. Contexto y fundamento de esta investigación
II. Objetivos de la investigación y metodología
CAPÍTULO PRIMERO
EL PRINCIPIO “QUIEN CONSERVA COBRA” Y SUS ANTECEDENTES HISTÓRICOS
I. Antecedentes históricos
II. ELEMENTOS INTEGRANTES DEL PRINCIPIO
II.1. El proveedor de los servicios ecosistémicos
II.2. El beneficiario de los servicios ecosistémicos
II.3. La retribución
II.4. El acuerdo
III. EL PRINCIPIO “QUIEN CONSERVA COBRA” INSERTO EN EL MARCO DE LA JUSTICIA AMBIENTAL
CAPÍTULO SEGUNDO
ÁREAS EN QUE TIENE APLICACIÓN EL PRINCIPIO “QUIEN CONSERVA COBRA” EN LA EXPERIENCIA COMPARADA
I. SISTEMAS DE PAGOS POR SERVICIOS AMBIENTALES (PSA)
1a. El caso de Ancud
b. La Araucaria Araucana en la ciudad de Temuco
II. EL COBRO EN LAS ÁREAS PROTEGIDAS COMO MANIFESTACIÓN DEL PRINCIPIO “QUIEN CONSERVA COBRA”
III. LOS BANCOS DE COMPENSACIÓN
IV. LAS SERVIDUMBRES ECOLÓGICAS
V. INSTRUMENTOS FISCALES Y TRIBUTARIOS
CAPÍTULO TERCERO
ANÁLISIS CRÍTICO DE LAS MANIFESTACIONES DEL PRINCIPIO “QUIEN CONSERVA COBRA” EN EL DERECHO CHILENO
I. LEY 20.283 SOBRE RECUPERACIÓN DEL BOSQUE NATIVO Y FOMENTO FORESTAL, DEL AÑO 2008
II. LEY 20.930 QUE CREA EL DERECHO REAL DE CONSERVACIÓN MEDIOAMBIENTAL, DEL AÑO 2016
III. LA REGULACIÓN QUE PERMITE EL COBRO EN ÁREAS PROTEGIDAS
IV. PROYECTO DE LEY QUE CREA EL SERVICIO DE BIODIVERSIDAD Y ÁREAS PROTEGIDAS Y EL SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS PROTE-GIDAS (BOLETÍN N°9.404-12)
V. MEDIDAS DE COMPENSACIÓN DE BIODIVER-SIDAD EN EL SISTEMA DE EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL
CAPÍTULO CUARTO
INCORPORACIÓN DEL PRINCIPIO “QUIEN CONSERVA COBRA” EN EL DERECHO CHILENO
I. LA INCORPORACIÓN DEL PRINCIPIO “QUIEN CONSERVA COBRA” EN EL DISEÑO DE LOS INSTRUMENTOS DE PLANIFICACIÓN TERRITORIAL
II. LA INCORPORACIÓN DEL PRINCIPIO “QUIEN CONSERVA COBRA” EN EL DERECHO DE AGUAS
II.1. Eliminación de la patente por no uso
II.2. Incentivo a prácticas agrícolas sostenibles por medio de PSA
- Alto
- 23 cm
- Ancho
- 15 cm
- Peso
- Aprox, 0,3 Kg.
- Formato
- Rústico
- Editorial
- Hammurabi