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LA ORALIDAD Y LAS PRUEBAS EN EL PROCESO CIVIL - PROCESO ORAL Y PROCESO ESCRITO
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LA ORALIDAD Y LAS PRUEBAS EN EL PROCESO CIVIL - PROCESO ORAL Y PROCESO ESCRITO

DPR697
$69.000
Impuestos incluidos

Autor : Mauro Cappelletti (Italia)
Edición : 2019
Formato : 1 Tomo - 463 Páginas
ISBN: 978-956-392-739-9
Editorial : Ediciones Olejnik

 

Verdaderamente el problema de la oralidad está, como veremos, tan estrechamente ligado con el de la instrucción probatoria, y en particular con el problema de la asunción y valoración de las pruebas no documentales, que su importancia se atenúa o desaparece, en principio en el procedimiento ejecutivo, como también en general en aquellos procedimientos en los cuales no haya necesidad de pruebas o basten las pruebas documentales

Si el problema de la oralidad o escritura es, en realidad, un problema de coordinación y combinación de elementos escritos y orales en el desarrollo del proceso, es bastante comprensible que precisamente a propósito de esta combinación surjan los puntos de divergencia: divergencia no tanto, o no solamente, de opiniones entre los varios relatores, cuanto sobre todo de soluciones prácticas adoptadas en los diversos países.


PREMISAS A UNA INVESTIGACIÓN HISTÓRICO-COMPARATIVA (§§ 1-5)

1. El tema en discusión
1.1. ¿Renovado interés por un tema ya tratado en el III Congreso (Londres, 1950) de la Academia Internacional de Derecho Comparado?

2. Sobre las relaciones nacionales y sobre diversos tipos de coordinación entre escritura y oralidad
2.1. Las relaciones nacionales presentadas al VIII Congreso
2.2. Puntos de consenso
2.3. Combinación de elementos escritos y elementos orales en los sistemas procesales de las tres grandes familias jurídicas: tipos de soluciones prácticas
2.4. ¿Es posible tratar comparativamente el problema de la oralidad?

LAS BASES HISTÓRICAS DEL PROBLEMA DE LA ORALIDAD EN EL PROCESO (§§ 6-13)

1. En los países de derivación romanística
1.1. La reacción contra las características y los defectos, del proceso romano-canónico y común; exposición de tales características
1.2. Justificación histórica de las características y de su sucesiva superación
1.3. Las grandes etapas del movimiento reformador operante bajo el nombre-símbolo de “oralidad”
1.4. El significado histórico de la idea-símbolo de oralidad, y los beneficios resultantes del movimiento reformador. Indicaciones históricas sobre la duración de los procesos en algunos Países
I. Amtsgerichte
II. Landgeriche (en 1a instancia)
III. Amtsgerichte
IV. Landgerichte (en 1° instancia)

2. En los países de common law (§§ 10-12)
2.1. ¿Existe un problema de la oralidad en la familia jurídica de common law?
2.2. La oralidad en la reforma del procedimiento de equity
2.3. Las grandes reformas del sistema probatorio de common law

3. En los países socialistas (§13)
3.1. Notas de remisión

4. El valor actual del problema de la oralidad (§§ 14-16)
4.1. Una primera manifestación del “valor actual” de la oralidad en los diversos Países: rapidez del proceso y predominio de la observación directa en la asunción y valoración de las pruebas
4.2. Una segunda manifestación: la oralidad y la “socialización” de la justicia y del derecho
4.3. Proceso oral y sociedad moderna

VALOR ACTUAL DEL PRINCIPIO DE ORALIDAD

1. Significados excesivos e inaceptables del “principio de la oralidad”
2. Análisis del correcto significado del principio en relación: a) a la proposición de la demanda judicial; b) a las argumentaciones jurídicas; c) a las pruebas
3. La oralidad y las pruebas preconstituidas;la oralidad y las pruebas a constituir, y los reflejos en este campo del sistema de la escritura (el sistema de la prueba legal)
4. El fundamento del sistema de la prueba legal, y su superación en la moderna concepción de la vida y del pensamiento

EL FUNCIONAMIENTO DE LA ORALIDAD EN EL PROCESO CIVIL ITALIANO

INICIATIVAS PROBATORIAS DEL JUEZ Y BASES PREJURIDICAS DE LA ESTRUCTURA DEL PROCESO

1. El vínculo del juez a las alegaciones y a las pruebas de parte
2. Conexión entre alegación y prueba
3. Distinción necesaria de los dos fenómenos a los efectos de las iniciativas oficiales del juez
4. Hipótesis marginales respecto de la prohibición de juzgar ultra allegata a partibus
5. La categoría de los hechos jurídicos señalables también ex officio y la relatividad histórica de tal categoría
6. Relatividad histórica también y sobre todo de la prohibición de juzgar ultra probata a partibus
7. Razón de ser de la general radical atenuación o abolición del dogma de la “disponibilidad de las pruebas”, y de la mayor resistencia, en cambio, del otro dogma de la disponibilidad de las partes en materia de alegaciones
8. Disponibilidad de las pruebas y dirección “formal” del proceso
9. Dirección “material” del proceso
10. El interrogatorio de clarificación y la función asistencial del juez
11. La desprivatización del objeto del proceso
12. Las bases prejurídicas del derecho procesal y el cometido del jurista

EFICACIA DE PRUEBAS ILEGÍTIMAMENTE ADMITIDAS Y COMPORTAMIENTO DE LA PARTE

1. Doble aspecto del problema de las pruebas introducidas en el juicio sobre la base de un acto ilegítimo; límites y ocasión del presente estudio
2. Violación de reglas que limitan la admisión de pruebas, y aquiescencia de parte
3. El principio de la ineficacia de la prueba ilegítimamente admitida o producida
4. Juramento e interrogatorio formal ilegítimamente admitidos, y eficacia probatoria del comportamiento procesal de las partes

5. Límites de la eficacia probatoria del comportamiento procesal de las partes
6. ¿Admisibilidad del juramento y del interrogatorio formal con la función de promover un comportamiento procesal libremente valorable de la parte?
7. Se da respuesta negativa al precedente interrogante

LA “NATURALEZA” DE LAS NORMAS SOBRE LAS PRUEBAS

1. Un acontecimiento metodológico
2. El abandono de una tradicional clasificación conceptual en las relaciones de Giovanni Conso y Vittorio Denti sobre “la naturaleza de las normas sobre las pruebas en el proceso penal y en el proceso civil”
3. Las normas sobre las pruebas penales como “normas de garantía” con fundamento constitucional: la justificación histórica e ideológica y un “error por exceso” de este planteamiento
4. Parcial inaceptabilidad de las consecuencias prácticas derivadas del planteamiento en cuestión: se excluye la necesaria taxatividad de las pruebas penales
5-6. La necesidad de rechazar los criterios de pura lógica formal en la solución de los problemas prácticos del derecho

JURAMENTO (DERECHO CIVIL Y DERECHO PROCESAL CIVIL)

1. Estructura del juramento de la parte en el proceso civil: el juramento como declaración jurada (declaración de ciencia pro se), y como fórmula juratoria (declaración de voluntad); la naturaleza probatoria del juramento en nuestro derecho vigente
2. Eficacia normal del juramento, tanto decisorio como supletorio: prueba ‘legal e incontrovertible”; significado de la “decisoriedad”
3. Eficacia anormal del juramento: prueba libremente valorable por el juez
4. La delación y la relación del juramento decisorio y la delación del juramento supletorio (la semiplena probatio); la aceptación de jurar y la revocación del acto de deferimiento o de referimiento; la providencia admisiva de juramento (ordenanza del juez instructor o del colegio)
5. El objeto de la delación y de la relación (el juramento de veritate y el de notitia), y la capacidad y legitimación del sujeto deferente y referente
6. El tiempo en que el juramento puede ser deferido y referido y las modalidades del deferimiento-referimiento y de la aceptación
7. Prestación y recusación del juramento; el juramento de las personas jurídicas; variantes y agregados a la fórmula del juramento aportados por el jurante
8. El juramento estimatorio; el juramento en materia de rendición de cuentas; el juramento denominado necesario y el juramento sobre la deuda solidaría
9. El falso juramento; cuestiones atinentes a los efectos civiles y penales del falso juramento
10. El problema de la retractación del juramento
11. El problema de la revocación de la ordenanza admisiva del juramento (supletorio)

EL JURAMENTO DE LA PARTE EN EL PROCESO LITISCONSORCIAL

1. Si es deferible-referible el juramento a, o por, alguno solamente de los litisconsortes necesarios: casos reales e hipotéticos
2. Unitariedad del problema en cuanto al uno y al otro tipo de juramento, y premisas, dadas por aceptables, de su solución
3. Tesis que niega la deferibilidad (implícitamente la referibilidad) del juramento también a todos, o por todos, los litisconsortes necesarios: su fundamento sobre el postulado de la naturaleza intrínsecamente no probatoria de la pro se declaratio
4. Refutación de esta tesis y de aquel postulado, que se manifiestan antihistóricos e in jure infundados
5. Razones que efectivamente se oponen a la solución en sentido afirmativo del problema planteado en el n. 1: a) razón deducible de la función del instituto del juramento en nuestro proceso civil
6. Razón deducible de la presupuesta capacidad (y legitimación) de las partes (deferentes, referentes, jurantes)
7. Inconvenientes prácticos y límites jurídicos de la solución aceptada
8. Problema análogo, y solución opuesta en el caso de litisconsorcio no necesario
9. Argumentos de derecho comparado (limitadamente a la legislación pre-vigente alemana)

EFICACIA PROBATORIA LIBRE DEL JURAMENTO Y RESARCIMIENTO DEL DAÑO
RETRACTACIÓN DEL JURAMENTO DE LA PARTE Y REVOCACIÓN DE LA ORDENANZA ADMISIVA DEL JURAMENTO

LA “MISERIA” DEL JURAMENTO “CUESTIONES” NUEVAS EN LOS ESCRITOS DE CONCLUSIONES, Y EFICACIA PROBATORIA “SUBSIDIARIA” DEL INTERROGATORIO LIBRE

¿EL “ACTA” COMO REQUISITO QUOAD SUBSTANTIAM DEL PROCEDIMIENTO PROBATORIO?

EL TESTIMONIO DE LA PARTE EN LA HISTORIA MODERNA DE LOS ORDENAMIENTOS ANGLOSAJONES

1. La utilización del saber de las partes en el proceso civil inglés de las courts of common law y de las courts of equity antes de la mitad del siglo pasado y las nuevas corrientes del pensamiento (Bentham, Denman, Brougham y otros)
2. Las leyes reformadoras: el Statute 6&7 victoria, capítulo 85 (“Lord Denman’s Act”), de 1843; el Statute 9&10 Victoria, c. 95, de 1846 sobre las county courts; elSstatute 14&15 Victoria, c. 9 (“Lord Brougham’s act”) de 1851; el ‘‘Evidence (Scotland) Act, 1853”; el Statute 32& 33 Victoria, c. 68 (“Evidence further amendment act”), de 1869, etc.; abolición de la regla que prohibía el testimonio de las partes y de los otros sujetos interesados
3. Introducción de la cross-examination oral en el proceso de las cortes de equity. Los judicature acts y la unificación del sistema procesal inglés (indicaciones sobre los desarrollos del trial by jury). Supervivencia del interrogatorio formal (discovery by interrogatories) junto al Instituto de la Examination de las partes como testigos
4. Los desarrollos análogos en la historia del derecho procesal civil de los Estados Unidos de América, del Código de David Dudley Field (1848) a nuestros días
5. La técnica y los efectos de la cross-examination y el éxito práctico de las referidas reformas legislativas inglesas y norteamericanas

INTERROGATORIO DE LA PARTE Y PRINCIPIOS FUNDAMENTALES DEL PROCESO CIVIL EN LA EUROPA COMUNISTA

1. República democrática alemana
1.1. Premisa
1.2. La publicización del derecho sustancial y sus reflejos sobre los principios fundamentales del proceso civil
1.3. Interrogatorio de la parte y comparecencia personal de las partes en el proceso civil de la Alemania Oriental
1.4. La posición de la doctrina procesalística de inspiración comunista con respecto al “principio de la sustanciación” y al “principio dispositivo”
1.5. El significado del deber de lealtad y de verdad en el proceso civil comunista

2. Unión soviética
2.1. La influencia del derecho procesal soviético sobre el derecho de los otros países de la Europa Oriental
2.2. Interrogatorio de la parte y principios fundamentales del proceso civil soviético
2.3. “Relaciones” y “estados”, derechos e intereses en el proceso civil comunista, y naturaleza no contenciosa de éste como reflejo de la potencial. Abolición de la propiedad privada
2.4. La doble transformación de las situaciones subjetivas privadas de derechos subjetivos en intereses condicionadamente protegidos y en intereses ocasionalmente protegidos, y sus reflejos procesales; en particular, el “nuevo examen en vía de control” de las sentencias pasadas en cosa juzgada, como instrumento de tutela de la ‘legalidad revolucionaria”

3. Otras democracias populares
3.1. Análogos desenvolvimientos ocurridos en las otras “democracias populares”: en particular, la “función educadora” del proceso y el principio de la verdad material
3.2. Consecuencias con respecto al instituto del interrogatorio de la parte

4. Yugoslavia
4.1. Desenvolvimientos parcialmente diversos en el derecho yugoslavo: premisa histórica
4.2. Características del actual proceso civil yugoslavo: otra “vía hacia el socialismo”
4.3. El interrogatorio de la parte en el proceso civil yugoslavo

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