PROBIDAD ADMINISTRATIVA Y CONFLICTOS DE INTERESES
Autor : Gabriel Celis Danzinger
Edición : Junio 2024
Formato : 1 Tomo - 268 Páginas (Papel + Digital)
ISBN : 978-956-400-520-1
Editorial : Thomson Reuters
La presente investigación tiene por objeto sistematizar el régimen de probidad administrativa y conflictos de intereses a partir de la Constitución Política, los instrumentos internacionales, las Leyes N°s 18.575, 20.880 y 21.592, así como de la jurisprudencia constitucional, judicial y administrativa.
El primer capítulo aborda las bases de la probidad, sus características, elementos, ámbito de aplicación, contravenciones y sanciones. El segundo examina los conflictos de intereses en la Ley N° 20.880 y las inhabilidades e incompatibilidades en la Ley N° 18.575, la Ley N° 18.834 y otros textos legales. El tercero analiza la declaración de intereses y patrimonio de la Ley N° 20.880, finalizando con un cuarto capítulo sobre el estatuto de protección en favor del denunciante de la Ley N° 21.592.
En definitiva, se trata de un texto pedagógico, empero profesional, pragmático y forense, que privilegia su consulta por los operadores jurídicos, sin perjuicio de ser utilizado en el ámbito académico, tanto desde el pregrado como del posgrado.
CAPÍTULO I
EL PRINCIPIO DE PROBIDAD ADMINISTRATIVA
I. GENERALIDADES
1. Antecedentes normativos de la probidad administrativa
7. Fundamento legal de la probidad administrativa
II. ÁMBITO DE APLICACIÓN DEL RÉGIMEN DE PROBIDAD ADMINISTRATIVA Y CONFLICTOS DE INTERESES
1. Ámbito de aplicación material
8. Ámbito de aplicación material del régimen jurídico sobre probidad administrativa y conflictos de intereses
2. Ámbito de aplicación subjetivo
9. Ámbito de aplicación subjetivo del régimen jurídico sobre probidad administrativa y conflictos de intereses
A. Primero, en cuanto se extiende a todos quienes realicen una función pública
B. Segundo, en el caso de quienes presten servicios en la Administración del Estado
III. ELEMENTOS DE LA PROBIDAD ADMINISTRATIVA
10. Enumeración de los elementos de la probidad administrativa
1. Conducta funcionaria intachable
11. Elemento conductual funcionarial
2. Entrega honesta y leal al desempeño del cargo
12. Elemento conductual personal
3. Preeminencia del interés público sobre el privado
13. Elemento finalista
14. Carácter no taxativo de las conductas que concretan el interés general conforme al artículo 53 de la Ley No 18.575
15. Enumeración y análisis de las conductas que concretan el interés general conforme al artículo 53 de la Ley No 18.575
IV. INFRACCIONES A LA PROBIDAD ADMINISTRATIVA
1. Generalidades
16. Introducción
17. Fundamento de las causales de infracción a la probidad administrativa
18. Carácter no taxativo de las causales de infracción a la probidad administrativa de la Ley No 18.575
2. Causales de infracción a la probidad –análisis en particular–
19. Enumeración de las causales de infracción a la probidad administrativa
2.1. Uso indebido de información reservada o privilegiada
20. Contenido
2.2. Favorecimiento personal o de terceros
21. Contenido
2.3. Emplear bienes de la institución en provecho propio o de terceros
22. Contenido
23. Infracciones conforme a la jurisprudencia
A. Uso de notebook institucional para fines ajenos a los institucionales
B. También un funcionario que proporciona e-mail institucional realizando transacciones comerciales privadas (Dictamen No 47.517, de 2011)
2.4. Ocupar tiempo de la jornada o utilizar personal en beneficio propio o para fines ajenos a los institucionales
24. Contenido
2.5. Solicitar o aceptar donativos, ventajas o privilegios
25. Contenido
26. Excepciones al principio
2.5.1. Los donativos oficiales y protocolares
27. Análisis
A. Los donativos oficiales y protocolares efectuados a un funcionario público
B. Los donativos oficiales y protocolares efectuados a un organismo público
B.1. Las donaciones de la Ley No 19.896
B.2. Las donaciones de la Ley No 16.282
28. Prohibición de utilizar el millaje
2.5.2. Los donativos que autoriza la costumbre
29. Análisis
2.6. Intervenir en asuntos en que se tenga interés personal y/o falta de imparcialidad
30. Contenido
2.6.1. Intervenir en asuntos en que se tenga interés personal
31. Contenido
2.6.2. Ausencia de imparcialidad
32. Contenido
33. Objetivo de la abstención
34. Infracciones conforme a la jurisprudencia contralora
A. En la contratación administrativa
B. En las calificaciones funcionarias
C. En los concursos de personal
35. Recusación vía incidente de inhabilidad
36. Autoridad competente y requisitos formales
A.1. Implicancia: Inhabilidad planteada por el propio funcionario
A.2. Recusación planteada por un interesado
37. En los casos que un funcionario deba abstenerse su subrogante ejerce sus funciones
2.7. Omitir o eludir una propuesta pública
38. Contenido
A. ¿En qué casos la licitación pública resulta obligatoria?
B. Elemento subjetivo de la infracción: ¿En qué consisten la omisión o elusión de la licitación pública?
39. Casos de infracción en la jurisprudencia
A. En los procesos de compras públicas
B. En los procesos de compra de bienes raíces por el Fisco
2.8. Contravenir deberes de eficiencia eficacia y legalidad
40. Contenido
A. Grave entorpecimiento del servicio
B. Grave entorpecimiento del ejercicio de los derechos ciudadanos ante la Administración
2.9. Denuncias de mala fe
41. Contenido
2.10. Otras causales de infracción a la probidad administrativa
42. Otras causales legales de contravención al principio de probidad administrativa
A. Incumplimiento reiterado de la declaración de intereses y patrimonio
B. Incumplimiento de cursar invitación a los candidatos del respectivo territorio electoral para el caso de ceremonias públicas
3. Normas comunes a las infracciones a la probidad
3.1. Normas orgánicas y procedimentales
43. Calificación de las conductas contrarias a la probidad administrativa
3.2. Responsabilidad disciplinaria por infracción a la probidad
44. Generalidades
45. Fundamento de las sanciones disciplinarias aplicable a las conductas contrarias a la probidad administrativa
46. Calificación de la gravedad de la infracción a la probidad
47. Sanción por infracción grave a la probidad administrativa
48. ¿La infracción grave a la probidad conlleva necesariamente la destitución?
A. Tesis de la jurisprudencia contralora
A.1. Tesis de la aplicación del principio de proporcionalidad con carácter facultativo
A.2. Tesis de la aplicación del principio de proporcionalidad con carácter imperativo
A.3. Tesis de la aplicación automática de la destitución
A.4. Tesis de la aplicación de la destitución como regla general, y excepcionalmente de una sanción no expulsiva
B. Tesis de la aplicación del principio de proporcionalidad de la jurisprudencia judicial
49. Extensión del impedimento de reingreso por destitución –por infracción grave a la probidad– para ser contratado a honorarios
CAPÍTULO II
CONFLICTOS DE INTERESES
I. GENERALIDADES
50. Introducción
51. Fundamento convencional internacional del régimen de conflictos de intereses
52. Concepto de conflicto de intereses
53. Elementos que originan un conflicto de intereses
54. Objeto de las normas sobre conflictos de intereses del tipo: inhabilidades e incompatibilidades
55. Sistema preventivo de las normas sobre conflictos de intereses
II. INHABILIDADES E INCOMPATIBILIDADES
56. Fundamento de las inhabilidades e incompatibilidades
57. Las inhabilidades e incompatibilidades no son de derecho estricto
58. Enumeración
1. Inhabilidades de ingreso
59. Concepto
60. Alcances generales
61. Clasificación de las inhabilidades
62. Inhabilidades establecidas en la LOC de Bases No 18.575
1.1. Contratos con el respectivo organismo de la Administración Pública
63. Contenido
64. Qué se entiende por suscripción por terceros
1.2. Litigios pendientes
65. Contenido
1.3. Derechos societarios
66. Contenido
1.4. Inhabilidad de matrimonio o parentesco
67. Contenido
A. Qué comprende la relación de matrimonio o parentesco
B. Alcance de la expresión “organismo”
B.1. Alcance de la expresión “relación jerárquica”
1.5. Condenas por crimen o simple delito
68. Contenido
69. Ausencia de inhabilidad se verifica con certificado de antecedentes del Registro Civil
70. Esta inhabilidad rige también para contratación a honorarios
71. Excepción: Esta inhabilidad no opera en caso de obtener algún beneficio de la Ley No 18.216
72. Contraexcepción: para el ingreso a las Fuerzas Armadas, de Orden y a Gendarmería de Chile
73. Efectos de la pena accesoria en caso de obtener beneficio de la Ley No 18.216
A. Tesis de la falta de competencia de la Contraloría General
B. Tesis de que el otorgamiento de una pena sustitutiva conlleva la conmutación de las penas accesorias
C. Tesis de que el otorgamiento de una pena sustitutiva conlleva la conmutación de las penas accesorias
74. Declaración jurada
1.6. Inhabilidad por sustancias estupefacientes sicotrópicas ilegales
75. Contenido
76. Declaración jurada especial
77. Control de consumo sustancias estupefacientes sicotrópicas ilegales
A. Sobre el reglamento de prevención y control de consumo
B. Prevención del consumo
B.1. Ejecución de programas, proyectos y actividades de prevención de consumo
B.2. Política de prevención de consumo
B.3. Planes permanentes para prevenir el consumo
C. Procedimiento de control de consumo
C.1. Autoridades sometidas al control de consumo
C.2. Externalización del control de consumo
C.3. Control de orina
C.4. Resultados del control de consumo
D. Sanciones
E. Financiamiento del control de consumo
1.7. Normas comunes a las inhabilidades
78. Efectos de la designación de una persona inhábil por las causales de la LOC No 18.575
79. Ámbito de aplicación material del artículo 63 de la Ley No 18.575
80. La nulidad del artículo 63 de la LeyNo 18.575 no se encuentra limitada por el plazo de invalidación administrativa
2. Incompatibilidades
81. Concepto
82. Alcances generales
83. Fundamento jurídico de las incompatibilidades
84. Incompatibilidades establecidas en la Ley No 18.575 y en el Estatuto Administrativo
2.1. Incompatibilidad de horario o jornada
85. Contenido
2.2. Incompatibilidad de actividades por falta de imparcialidad
86. Contenido
2.3. Acciones civiles contra el Estado
87. Contenido
88. Excepciones a la aplicación de esta causal de infracción a la probidad
2.4. Puerta giratoria
89. Contenido
2.5. Concurrencia de alguna causal del artículo 54 de la Ley No 18.575
90. Concepto
91. Alcances generales
92. Obligaciones del funcionario y Normas procedimentales
93. Sanción por incumplimiento de estas obligaciones. La destitución
2.6. Incompatibilidad por matrimonio o parentesco
94. Contenido
A. Vínculo de matrimonio o parentesco
B. Respecto de funcionarios con los que se tenga dependencia jerárquica
Solución legal: La destinación
95. Excepción a la inhabilidad
2.7. Incompatibilidad entre empleos públicos
96. Contenido
A. Incompatibilidad entre cargos y empleos de la Ley No 18.834, entre sí
B. Incompatibilidad entre cargos y empleos de la Ley No 18.834, con todo otro empleo o función que se preste al Estado
C. Incompatibilidad entre cargos y empleos de la Ley No 18.834, con las funciones o cargos de elección popular
Cese de pleno derecho por ser nombrado en un empleo incompatible. El artículo 86 inciso 2o Ley No 18.834 de la Ley No 18.834 establece el cese de funciones de pleno derecho por incompatibilidad entre empleos públicos
97. Excepciones a las incompatibilidades entre empleos públicos de la Ley No 18.834
A. Compatibilidad con cargos docentes de hasta un máximo de doce horas semanales
B. Compatibilidad con el ejercicio de funciones a honorarios, siempre que se efectúen fuera de la jornada ordinaria
C. Compatibilidad con el ejercicio de un máximo de dos cargos de miembro de consejos o juntas directivas de organismos estatales
D. Compatibilidad con la calidad de subrogante, suplente o a contrata
E. Compatibilidad con cargos de exclusiva confianza y cargos por plazos legalmente determinados
2.8. Incompatibilidades especiales
98. Introducción
99. Integrantes del Comité Científico Técnico con funcionarios o asesores del Ministerio de Economía y servicios dependientes
2.9. Normas comunes a las incompatibilidades
100. Durante la vigencia de la sanción disciplinaria de suspensión el funcionario conserva su estatus y le afectan las limitaciones o prohibiciones del artículo 56 de la Ley No 18.575
CAPÍTULO III
DECLARACIÓN DE INTERESES Y PATRIMONIO
I. GENERALIDADES
101. Introducción
102. Régimen jurídico de la declaración de intereses y de patrimonio
103. Fundamento constitucional de la declaración de intereses y de patrimonio
104. Fundamento convencional internacional de la declaración de intereses y de patrimonio
105. Características de la declaración de intereses y de patrimonio
II. ÁMBITO DE APLICACIÓN DE LA LEY NO 20.880
106. Introducción
1. Ámbito de aplicación material
107. Ámbito de aplicación material de la Ley No 20.880
2. Ámbito de aplicación subjetivo
108. Ámbito de aplicación subjetivo de la Ley No 20.880
3. Ámbito de aplicación en cuanto al tiempo
109. Ámbito de aplicación de la Ley No 20.880 en cuanto al tiempo
A. Aplicación de la normativa anterior a la Ley No 20.880
B. Aplicación de la normativa contenida en la Ley No 20.880
III. PROCEDIMIENTO
1. Generalidades
110. Introducción
111. Distinción relativa a la reglamentación aplicable a los sujetos obligados a presentar declaración
112. Personas obligadas a presentar declaración de intereses y patrimonio
A. Las autoridades y funcionarios de la Administración del Estado
B. Otras autoridades
113. Plazo para la presentación y la actualización de la declaración de intereses y patrimonio
A. Plazo de las autoridades de la Administración del Estado
A.1. Plazo para la presentación de la declaración
A.2. Plazo para la actualización de la declaración
B. Plazo para las otras autoridades que menciona el artículo 14 de la Ley No 20.880
114. Forma de presentación de la declaración de intereses patrimonio y patrimonio
115. Contenido de la declaración de intereses y patrimonio
A. Actividades profesionales, laborales, económicas, gremiales o de beneficencia
B. Bienes inmuebles situados en el país o en el extranjero
C. Derechos de aprovechamiento de aguas y concesiones de que sea titular
D. Bienes muebles registrables
E. Toda clase de derechos o acciones
F. Valores, distintos de aquellos señalados en la letra anterior, a que se refiere el inciso primero del artículo 3º de la Ley No 18.045
G. Contratos de mandato especial de administración de cartera de valores
2. Obligaciones del Jefe Superior en materia de declaración de intereses y patrimonio
116. Generalidades
117. Enumeración de las obligaciones del Jefe Superior del Servicio
2.1. Verificar que se efectúa oportunamente la declaración
118. Verificar que se efectúe oportunamente la declaración de intereses y patrimonio y sus actualizaciones
2.2. Remitir las declaraciones a la Contraloría General
119. Remitir a la Contraloría General las declaraciones de patrimonio e intereses de los funcionarios
IV. FISCALIZACIÓN DE LA DECLARACIÓN DE INTERESES Y PATRIMONIO POR LA CONTRALORÍA GENERAL
1. Generalidades
120. Contenido de la fiscalización efectuada por la Contraloría General
121. Requerimiento de información a entidades que indica
2. Procedimiento sancionatorio
122. Introducción
123. Enumeración de las etapas del procedimiento sancionatorio
2.1. Iniciación
124. Apercibimiento: En caso de no actualizar declaración de intereses y patrimonio dentro de plazo o presentación incompleta o inexacta
2.2. Etapa acusatoria
125. Formulación de cargos
2.3. Etapa de defensa
126. Presentación de descargos
127. Término probatorio
128. Medios de prueba y valoración de la prueba
2.4. Propuesta de la Contraloría a la autoridad
129. Vista fiscal
2.5. Aplicación de la sanción
130. Autoridad competente
131. Reiteración de la multa en caso de retardo de su pago
132. Falta grave a la probidad administrativa
133. Prescripción de la acción disciplinaria
2.6. Reclamación jurisdiccional
134. Plazo y tribunal competente
135. Requerimiento de informes
136. Conocimiento, vista y fallo
137. La interposición de la acción (recurso) suspende los efectos de la sanción
138. La sentencia definitiva es en única instancia
2.7. Etapa de ejecución
139. Autoridad competente para la aplicación de la sanción disciplinaria
A. La autoridad dotada de la potestad disciplinaria
B. La Contraloría General de la República
140. Fiscalización al Contralor General de la República
141. Toma de razón del acto sancionatorio
V. DECLARACIÓN DE INTERESES Y PATRIMONIO EFECTUADA POR OTRAS AUTORIDADES
1. Congreso Nacional
142. Sujetos obligados y plazo
143. Órgano competente para aplicar las sanciones
144. Apercibimiento
145. Procedimiento sancionatorio: Inicio, cargos, prueba, resolución y recurso
146. Funcionarios de las categorías B y C de las plantas de ambas corporaciones o de la planta de la Biblioteca del Congreso Nacional y bogados secretarios de comisiones
147. Apercibimiento
148. Procedimiento sancionatorio: Inicio, cargos, prueba, resolución y recurso
2. Poder Judicial
149. Sujetos obligados y plazo
150. Órgano competente para aplicar las sanciones
3. Ministerio Público
151. Sujetos obligados y plazo
152. Órgano competente para aplicar las sanciones y apercibimiento
153. Procedimiento sancionatorio. Inicio, cargos, prueba y resolución
154. Recurso de reposición
4. Tribunales especiales contencioso administrativos
155. Sujetos obligados y plazo
156. Órgano competente para aplicar las sanciones y apercibimiento. Procedimiento sancionatorio
157. Procedimiento sancionatorio. Inicio, cargos, prueba y resolución
158. Recurso de reposición
5. Tribunal Constitucional
159. Sujetos obligados y plazo
160. Órgano competente para aplicar las sanciones y apercibimiento
161. Procedimiento sancionatorio. Inicio, cargos, prueba y resolución
162. Recurso de reposición
6. Congreso Nacional
163. Sujetos obligados y plazo
164. Órgano competente para aplicar las sanciones y apercibimiento
165. Procedimiento sancionatorio. Inicio, cargos, prueba y resolución
166. Recurso de reclamación
7. Contraloría General de la República
167. Sujetos obligados y plazo
168. Órgano competente para aplicar las sanciones y apercibimiento
169. Procedimiento sancionatorio. Inicio, cargos, prueba y resolución
8. Directiva central de los partidos políticos
170. Sujetos obligados y plazo
171. Órgano competente para aplicar las sanciones y apercibimiento
172. Procedimiento sancionatorio. Inicio, cargos, prueba y resolución
VI. MANDATO ESPECIAL DE ADMINISTRACIÓN DE CARTERA DE VALORES Y LA ENAJENACIÓN FORZOSA
1. Generalidades
173. Obligación de constituir el mandato
174. Constitución voluntaria del mandato
2. Mandato especial de administración de cartera de valores
175. Definición y características del mandato
176. Sujetos del mandato
177. Supletoriedad del Código Civil
178. Celebración del mandato no constituye enajenación para efectos tributarios
179. Plan de liquidación de valores
180. Objeto y constitución del mandato
181. Constitución del mandato
182. Contenido del mandato
183. Entrega de copia autorizada de la escritura pública de constitución del mandato
184. Publicación de copia de la escritura pública
185. Rectificación del mandato por errores de hecho
186. Mandatarios
187. Registro Especial de Administradores de Mandato
188. Antecedentes e información específica que deberán acompañar en sus solicitudes de inscripción en el Registro
189. Posibilidad de designar uno más mandatarios
2.1. Obligaciones y prohibiciones del mandante
190. Prohibiciones del mandante
191. Obligaciones del mandante
A. Deber de abstención.
B. Declaración jurada
2.2. Obligaciones y prohibiciones del mandatario
192. Obligaciones del mandatario
A. Mantener su calidad de independiente
B. Declaración jurada para efectos tributarios
193. Prohibiciones del mandatario
A. El mandatario no puede delegar el encargo
B. Prohibición de divulgación
C. Prohibición de comunicación con el mandante
194. Remuneración del mandatario
195. Gastos incurridos por el mandatario
2.3. Término del mandato
196. Causales de término del mandato
2.3.1. Restitución de los bienes al mandante
197. Devolución de los bienes al mandante
198. Caso de disolución de la persona jurídica que ejerce las funciones de mandatario
199. Casos de declaración de deudor en un procedimiento concursal de liquidación del mandatario
200. Responsabilidad por operaciones de carácter conservativo
201. Rendición de cuenta de mandatario saliente es pública
202. Obligaciones pendientes al término del mandato
3. Enajenaciones o renuncia de derechos que exige la Ley No 20.880
203. Autoridades obligadas a enajenación de bienes o renuncia de derechos societarios
A. Presidente de la República, diputados, senadores y Contralor General de la República
B. Ministros de Estado, subsecretarios, delegados presidenciales regionales, gobernadores regionales, consejeros regionales, superintendentes, intendentes de dichas Superintendencias
204. Plazo para la enajenación o renuncia
205. Producto de la enajenación
206. Renuncia presentada por un socio
CAPÍTULO IV
ESTATUTO DE PROTECCIÓN EN FAVOR DEL DENUNCIANTE
I. GENERALIDADES
207. Antecedentes normativos en el Derecho comparado, sobre protección del denunciante
208. Fundamento convencional internacional sobre protección del denunciante
II. ÁMBITO DE APLICACIÓN DE LA LEY NO 21.592
1. Ámbito de aplicación material
209. Ámbito de aplicación material de la Ley No 21.592
2. Ámbito de aplicación subjetivo
210. Ámbito de aplicación subjetivo de la Ley No 21.592
A. La Administración del Estado
B. El personal de la Administración del Estado
2.1. Aplicación de la Ley No 21.592 a otras personas y entidades que indica
211. Disposiciones de la Ley No 21.592 aplicables a las entidades públicas o privadas en que el Estado o sus instituciones tienen participación o que reciben subvención
A. Personas jurídicas sin fines de lucro creadas conforme a las Leyes Nos. 19.175 y 18.695
B. Empresas, sociedades o entidades públicas o privadas en que el Estado o sus empresas, tengan aportes de capital mayoritario
C. Personas e instituciones privadas que perciban fondos fiscales por leyes permanentes, a título de subvención o aporte del Estado
2.2. Aplicación de la Ley No 21.592 a los funcionarios del Código del Trabajo
212. Aplicación de las normas de la Ley No 21.592 sobre protección del denunciante a funcionarios del Código del Trabajo
3. Ámbito de aplicación en cuanto al tiempo
213. Ámbito de aplicación en cuanto al tiempo de la Ley No 21.592
III. PROCEDIMIENTO PARA DENUNCIAS
1. Canal de denuncias
214. Denuncias en el sector público a través del Canal de Denuncias de la Contraloría General
215. Implementación y funcionamiento del Canal de Denuncias
216. Contenido de la denuncia
2. Gestión de las denuncias presentadas a través del canal
217. Gestión de las denuncias presentadas a través del Canal por parte de la Contraloría General
A. Contraloría incoa directamente un procedimiento disciplinario
B. Contraloría ordena a la autoridad competente instruir un procedimiento disciplinario
C. Hechos objeto de la denuncia revisten caracteres de delito
D. Hechos objeto de la denuncia puedan generar responsabilidades administrativas distintas de la disciplinaria
218. Otros canales electrónicos de denuncia
219. Denuncia ante otros organismos
3. Reserva de la denuncia
220. Reserva de la denuncia y de los antecedentes acompañados a ella
4. Deber de denuncia
221. Deber de denuncia del personal de la Administración del Estado
222. Recepcionada una denuncia se entiende cumplido el deber de denunciar delitos
5. Medidas de protección en favor del personal de la Administración del Estado
5.1. Generalidades
223. Medidas preventivas de protección a favor del personal de la Administración del Estado
224. Medidas preventivas de protección a favor de quienes sirvan cargos directivos de exclusiva confianza
225. Concesión de las medidas preventivas de protección
5.2. Tramitación de las medidas de protección
226. Tramitación de las medidas preventivas de protección
227. Alegación de represalias por causa de la denuncia efectuada por el personal de la Administración del Estado
228. Reclamación ante Contraloría no afecta la facultad de remoción de la autoridad respecto de quienes desempeñen cargos directivos de exclusiva confianza
229. Tramitación de la reclamación de ilegalidad por represalia del acto o actuación administrativa
230. Posibilidad de ordenar invalidación y/o incoar procedimiento disciplinario
231. Cooperación eficaz del denunciado como circunstancia atenuante
- Alto
- 24,5 cm
- Ancho
- 17 cm
- Peso
- Aprox. 0,4 Kg.
- Formato
- Rústico
- Editorial
- Thomson Reuters