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CURSO PRÁCTICO DE IMPUESTO A LA RENTA
CURSO PRÁCTICO DE IMPUESTO A LA RENTA

CURSO PRÁCTICO DE IMPUESTO A LA RENTA

DTR953
$59.500
Impuestos incluidos

Autores : Hugo Contreras Urzúa - Leonel González Silva
Edición : 8va Edición - Diciembre 2021
Formato : 1 Tomo - 900 Páginas
ISBN : 978-956-7583-63-8
Editorial : CEPET

 

ACTUALIZADO CON LEYES N°S 21.210 Y 21.256.

INCLUYE APÉNDICE CON PRINCIPALES MODIFICACIONES TRIBUTARIAS CONTENIDAS EN LA LEY 21.420 PUBLICADA EL 04.02.2022 QUE REDUCE O ELIMINA EXENCIONES TRIBUARIAS


Este libro ilustra de manera pedagógica y didáctica los fundamentos teóricos y doctrinarios de la Ley de la Renta, acompañado de ejercicios, laboratorios y casos prácticos que permiten el estudio y cabal comprensión de sus disposiciones.


CAPÍTULO I
INTRODUCCION - NORMAS GENERALES - DEFINICIONES - CONCEPTO DE RENTA
INGRESOS NO CONSTITUTIVOS DE RENTA

1. CUADRO SINOPTICO DE LA LEY DE IMPUESTO A LA RENTA
REGIMENES TRIBUTARIOS EMPRESARIALES

I. ARTICULO 14 LETRA A. REGIMEN PARCIALMENTE INTEGRADO
II. REGIMEN PROPYME. ART. 14 LETRA D No 3
III. REGIMEN PROPYME. TRANSPARENCIA TRIBUTARIA. ART. 14 LEYTRA D No 8
IV. REGIMEN DEL ART. 14 LETRAS B-1 Y B-2

2. INGRESOS NO CONSTITUTIVOS DE RENTA

3. LA TERRITORIALIDAD DEL IMPUESTO A LA RENTA (Arts. 3o y 4o)

CAPÍTULO II
EL IMPUESTO DE PRIMERA CATEGORIA

1. CLASIFICACION DE LAS RENTAS DE PRIMERA CATEGORIA

2. TRIBUTACION QUE AFECTA A LA EXPLOTACION DE BIENES RAICES AGRICOLAS (Art. 20 No 1)
2.1 Casos en que la actividad agrícola debe tributar por contabilidad completa
2.2 Normas de relacionamiento entre empresas agrícolas que obligan a consolidar las ventas para los fines de tributar según renta presunta o efectiva
2.2.1 Información que deben proporcionar los contribuyentes a sus entidades relacionadas
2.2.2 Oportunidad en que los contribuyentes que cumplan los requisitos y condiciones, deben ejercer la opción de acogerse al régimen de renta presunta
2.2.3 Incumplimiento de requisitos
2.3 Determinación de la renta presunta agrícola
2.4 Opción Régimen Pro Pyme
2.5 Rentas por arrendamiento de bienes raíces agrícolas
2.6 Normas contables que deben observar agricultores que se incorporen a la renta efectiva (D.S. No 1.139 D.O. 05.01.1991)
2.6.1 Definición de Predio Agrícola
2.6.2 Definición de Actividad Agrícola
2.6.3 Definición de Ejercicio Agrícola
2.6.4 Definición de Activo fijo o inmovilizado
2.6.5 Definición de Activo realizable
2.6.6 Inventario Inicial en la actividad agrícola
2.6.7 Registros de algunas operaciones en la contabilidad agrícola
2.6.8 Método simplificado de registro contable (D.S. No 1.139, D.O. de 05.01.1991)
2.6.8.1 Resumen del tratamiento de los desembolsos en el método simplificado de contabilidad agrícola
2.6.8.2 Resumen de la revalorización de inventario final en el método simplificado de contabilidad agrícola
2.6.9 Gastos de la explotación agrícola
2.6.10 Inventarios que se practiquen al término de cada ejercicio
2.6.11 Corrección Monetaria
2.6.12 Depreciaciones
2.7 Crédito contra el Impuesto de 1a Categoría
2.8 Régimen de Contabilidad Simplificada para Agricultores contemplado en el D.S. No 344, publicado el 19.05.2004
2.9 Primera enajenación de predios agrícolas posterior al cambio a régimen de renta efectiva

3. ARRENDAMIENTO DE BIENES RAICES NO AGRICOLAS (Art. 20 No 1) Casas, departamentos, oficinas, bodegas, locales comerciales, etc.
3.1 Formas de declarar la renta efectiva
3.2 Régimen tributario aplicable
3.3 Crédito por impuesto Territorial contra Impuesto de 1a Categoría
3.4 Casos en que el Impuesto Territorial se acepta como gasto
3.5 Rentas de viviendas acogidas al DFL No 2, de 1959
3.5.1 Restricciones a las franquicias tributarias para viviendas acogidas al DFL 2, de 1959 (Ley No 20.455, D.O. 31.07.2010, Artículo 8o)
3.5.2 Franquicias tributarias de las viviendas DFL 2 que se verán afectadas por la reforma de la Ley No 20.455, de 31.07.2010
3.6 Ingresos que se computan en el cálculo de la renta bruta de los bienes raíces que producen renta efectiva
3.7 Determinación de la renta imponible de los bienes raíces no agrícolas que producen renta efectiva, determinada según Artículo 14 letra A
CUESTIONARIO No 3. Materia: Tributación de las retas de bienes raíces

4. TRIBUTACION DE LAS RENTAS DE CAPITALES MOBILIARIOS (ARTICULO 20 No 2)
4.1 Rentas clasificadas en el Art. 20 No 2
4.2 Momento en que se devenga el impuesto
4.3 El impuesto es de retención
4.4 Características generales de las rentas clasificadas en el artículo 20 No 2
4.5 Caso en el cual las rentas del Art. 20 No 2 pasan a clasificarse en los Nos. 1, 3, 4 ó 5 del artículo 20
4.6 Exención del impuesto de Primera Categoría
4.7 Tratamiento tributario de los intereses devengados por los instrumentos de deuda de oferta pública a que se refiere la letra g) del inciso 1° del N° 2 del artículo 20 de la LIR
4.7.1 Normas de retención de impuesto que afecta a los intereses devengados
4.7.2 Tratamiento tributario de los resultados provenientes de la enajenación de los instrumentos de deuda a que se refiere el Art. 104 de la LIR
4.8 Conceptos aplicables en las rentas de capitales mobiliarios
4.9 Caso en que una EIRL (Empresa Individual de Responsabilidad Limitada) clasifica en el Art. 20 No 2
4.10 Las sociedades de inversión se clasifican en el Art. 20 N°3
4.11 Cuadro sinóptico de la tributación de las rentas de capitales mobiliarios (Art. 20 No 2)
CUESTIONARIO No 4. Materia: Rentas de Capitales Mobiliarios (Art. 20 No 2)
PRIMERA CATEGORIA RENTA LIQUIDA IMPONIBLE ART. 20

5. RENTAS DEL ARTICULO 20 Nos. 3, 4 y 5: COMERCIO, INDUSTRIA, MINERIA, BANCOS, CONSTRUCTORAS, PRESTACIONES DE SERVICIOS, COMISIONISTAS, COLEGIOS, HOSPITALES, ETC.
5.1 Visión esquemática de la formación de la Renta Líquida Imponible determinada mediante contabilidad completa y balance general
Ejemplo sobre cálculo del Impuesto de 1a Categoría (A.T. 2021)
5.2 Determinación de los ingresos brutos de Primera Categoría de empresas obligadas a llevar contabilidad (Artículo 29)
5.2.1 Concepto de “ingresos brutos”
5.2.2 Ejercicio en el cual deben contabilizarse los ingresos brutos
5.2.3 Oportunidad en que deben contabilizarse como ingresos brutos las rentas de capitales mobiliarios
CUESTIONARIO No 5. Materia: Concepto de “Ingresos Brutos” percibidos o devengados (Art. 29)
5.3 Determinación de la renta bruta de Primera Categoría (Artículo 30)
5.3.1 Concepto de renta bruta
5.3.2 Concepto de costo directo tributario
5.3.3 Determinación del costo directo de venta
5.3.4 Costo directo de bienes enajenados o prometidos enajenar, no adquiridos o producidos totalmente a la fecha del balance
5.3.5 Costo directo en las promesas de venta de inmuebles
5.3.6 Costo directo en los contratos de construcción por suma alzada
5.3.7 Valor de adquisición de pertenencias mineras
5.3.8 Determinación del Costo en la Enajenación de Acciones o Derechos Sociales
CUESTIONARIO No 6. Materia: Concepto de “Costo Directo” tributario (Art. 30)
5.4 Determinación de la Renta Líquida Imponible de Primera Categoría (Artículo 31)
5.4.1 Concepto de renta líquida
5.4.2 Requisito de gasto necesario a contar del 01.01.2020
5.4.3 Requisito de acreditar o justificar en forma fehaciente ante el Servicio
5.4.4 Gastos específicamente regulados en los tres primeros incisos del artículo 31
5.4.5 Gastos específicamente regulados en los números 1 al 14 del inciso cuarto del artículo 31
5.4.6 Intereses (modificado a contar del 01.01.2020)
5.4.7 Impuestos establecidos en las leyes chilenas
5.4.8 Pérdidas del negocio o empresa durante el año comercial a que se refiere el impuesto, comprendiendo las que provengan de delitos contra la propiedad (modificado a contar del 01.01.2020)
5.4.8.1 Deducción del costo de ciertos alimentos, productos o materiales, que correspondan a bienes de uso o consumo, cuyas características y condiciones se determinen mediante resolución del SII
5.4.8.2 Imputación de las pérdidas
5.4.9 Créditos incobrables
5.4.10 Una cuota anual de depreciación por los bienes físicos del activo inmovilizado a contar de su utilización en la empresa (Art. 31 No 5)
5.4.11 Depreciación especial para contribuyentes que tengan un promedio anual de ingresos igual o inferior a 100.000 UF (Art. 31 No 5 bis, modificado a contar del 01.01.2020)
5.4.12 Normas extraordinarias y transitorias de depreciación y amortización (Ley No 21.256, D.O. de 02.09.2020)
5.4.13 Sueldos, salarios y remuneraciones (Art. 31 No 6, modificado a contar del 01.01.2020)
5.4.14 Becas de estudio (Artículo 31 No 6 bis)
5.4.15 Donaciones cuyo único fin sea la realización de programas de instrucción básica o media gratuitas, técnica, profesional o universitaria en el país, ya sean privados o fiscales (Artículo 31 No 7, modificado a contar del 01.01.2020)
5.4.15.1 Modificación efectuada por la Ley No 21.210 de 24 al artículo 10 de la Ley No 19.885, que incentiva y norma el buen uso de donaciones que dan origen a beneficios tributarios y los extiende a otros fines sociales y públicos
5.4.16 Reajustes y diferencias de cambios provenientes de créditos o préstamos destinados al giro del negocio o empresa, incluso los originados en la adquisición de bienes del activo inmovilizado y realizable (Artículo 31 No 8)
5.4.17 Gastos de organización y de puesta en marcha (Art. 31 No 9)
5.4.18 Gastos de promoción o colocación en el mercado de artículos nuevos fabricados o producidos por el contribuyente (Artículo 31 No 10)
5.4.19 Gastos incurridos en investigación científica y tecnológica en interés de la empresa (Artículo 31 No 11)
5.4.20 Pagos efectuados al exterior por los conceptos indicados en el inciso primero del artículo 59 de esta ley, hasta por un máximo de 4% de los ingresos por ventas o servicios, del giro, en el respectivo ejercicio (Artículo 31 No 12)
5.4.21 Pagos efectuados con motivo de exigencias, medidas o condiciones medioambientales impuestas para la ejecución de un proyecto o actividad y otros casos de gastos aceptados efectuados a la comunidad (Artículo 31 No 13, nuevo vigente desde el 01.01.2020)
5.4.22 Desembolsos o descuentos ordenados por entidades fiscalizadoras; reposición o restitución de producto o bonificación o devolución de cantidades pagadas a clientes o usuarios; y desembolsos entre partes no relacionadas cumpliendo una transacción o cláusula penal (Artículo 31 No 14, nuevo vigente desde el 01.01.2020)
5.4.23 Gastos vinculados a rentas exentas o no gravadas
5.4.24 Gastos de capacitación del personal
5.4.25 Compra, arriendo y mantención de automóviles y station wagons
5.4.26 Tratamiento tributario de los gastos de vehículos de propiedad de los trabajadores
5.4.27 Entrega de un vehículo a determinados trabajadores o ejecutivos de la empresa
5.4.28 Provisiones para indemnizaciones por años de servicios
5.4.29 Franquicias tributarias contenidas en la Ley de Fomento al Libro
CUESTIONARIO No 7. Materia: Concepto de “Renta Líquida” y gastos necesarios para producir la renta (Art. 31)

6. AJUSTES A LA RENTA LIQUIDA POR CORRECCION MONETARIA (ARTICULO 32o)
6.1 Deducciones por Corrección Monetaria
6.2 Agregados por Corrección Monetaria

7. DETERMINACION DE LA RENTA LIQUIDA IMPONIBLE (ARTICULO 33)
7.1 Agregados (Siempre que se hayan contabilizado como pérdida)
7.2 Deducciones (siempre que se hayan contabilizado como ganancias)
7.3 Reajuste de agregados
7.4 Determinación del impuesto de 1a Categoría
7.5 Créditos contra el impuesto anual de 1a Categoría
7.5.1 Crédito por Contribuciones de Bienes Raíces
7.5.2 Crédito especial para empresas con actividades dentro y fuera de la Zona Franca de Iquique y Punta Arenas
7.5.3 Crédito del 4% por adquisiciones de bienes del Activo Fijo
7.5.4 Crédito por Donaciones con Fines Culturales, Art. 8 Ley No 18.985, modificado por Ley No 19.721, de 
05.05.2001
7.5.5 Crédito por Donaciones con Fines Educacionales (Art. 3o de la Ley No 19.247, D.O. de 15.09.93)
7.5.6 Crédito por Donaciones para Fines Deportivos
7.5.7 Crédito por donaciones a Universidades e Institutos Profesionales
7.5.8 Cuadro sinóptico de Donaciones con franquicias tributarias computables para el Límite Global Absoluto del 5% de la RLI de 1a Categoría
7.5.9 Crédito contra el Impuesto de 1a Categoría por inversiones de empresas instaladas en Arica y Parinacota (Ley No 19.420, D.O. de 23.10.95, modificada por Ley No 20.655, D.O. 01.02.2013)
7.5.10 Crédito por inversiones Ley Austral, Regiones XI, XII y Provincia de Palena. Ley No 19.606, modificada por Ley No 20.655, D.O. 01.02.2013
7.5.11 Crédito por inversiones en el exterior para evitar la doble tributación (Art. 41 A)
7.5.11.1 Tipos o clases de rentas que otorgan a su titular un crédito por impuestos soportados en el extranjero
7.5.11.1.1 Rentas provenientes de países con Convenio vigente
7.5.11.1.2 Rentas provenientes de países sin un Convenio vigente
7.5.11.2 Obligación de incrementar las rentas provenientes del extranjero en una cantidad equivalente a los impuestos soportados en el extranjero
7.5.11.3 Crédito Total Disponible
7.5.11.4 Tope Individual
7.5.11.5 Tope Global
7.5.11.6 Renta Imponible
7.5.11.7 Países con convenio para evitar doble tributacion internacional vigentes al 30.09.2021
7.6 Otras actividades de Primera Categoría acogidas a un sistema de rentas presuntas
7.6.1 Mineros de mediana importancia que cumplan con los requisitos exigidos por el No 1 del artículo 34 de la Ley de la Renta para tributar acogidos al régimen de renta presunta
7.6.1.1 Actividad Minera sometida obligatoriamente a Renta efectiva según Contabilidad Completa
7.6.2 Contribuyentes que exploten vehículos motorizados en el transporte terrestre de pasajeros o carga ajena, que cumplan con los requisitos exigidos por los Nos. 1, 2 y 3 del artículo 34 bis de la Ley de la Renta para tributar acogidos al régimen de renta presunta
7.6.2.1 Actividad del Transporte de Pasajeros o Carga sometido obligatoriamente a renta efectiva según contabilidad completa
7.6.3 Impuesto Unico Talleres Artesanales
7.6.4 Impuesto Unico Pescadores Artesanales
7.7 Nuevo régimen tributario de la securitización de flujos de pagos futuros, Artículo 105 de la Ley de la Renta (Ley No 20.343, D.O. 28.04.2009)
CUESTIONARIO No 8. Materia: Determinación de Renta Líquida Imponible de 1a Categoría (Art. 33 Nos. 1 y 2)

8. IMPUESTO UNICO DEL 40% (Art. 21 inciso 1o)
8.1 Contribuyentes afectados
8.2 Hecho gravado
8.2.1 Partidas del Art. 33 No 1 que no se gravan con el Impuesto Unico del 40%, sino que con el Impuesto Global Complementario o Adicional (Art. 21, inciso tercero)
8.2.2 Otras partidas o cantidades que deben integrar la base imponible del IU del inciso 1o del artículo 21 de la LIR
8.2.3 Corporaciones y fundaciones no se afectan con I.U. del Art. 21
8.3 Partidas que no forman parte del hecho gravado por el Impuesto Unico del 40%
8.4 Características del Impuesto Unico del 40%
8.5 Efectos en la Base Imponible de 1a Categoría
8.6 Situación de inversionistas acogidos a la tasa invariable del D.L. 600, de 1974
8.7 IU del 40% establecido en el inciso 1o del artículo 21 de la LIR, conforme a lo dispuesto en el No 9 de la letra A) del artículo 14 de dicha ley
CUESTIONARIO No 9. Materia: Tributación de Impuesto de 1a Categoría e Impuesto Unico del 40% (Arts. 21 inc. 1o y 33 Nos. 1 y 2)

9. IMPUESTO DEL 40% QUE AFECTA A LAS EMPRESAS DEL ESTADO QUE NO SEAN SOCIEDADES ANONIMAS (D.L. 2.398, DE 1978)
9.1 Contribuyentes afectados
9.2 Base imponible
9.3 Rebajas al Impuesto
9.4 Impuesto determinado

10. SISTEMA DE CORRECCION MONETARIA TRIBUTARIA

CUESTIONARIO No 10. Materia: Sistema de Corrección Monetaria del Art. 41 Ley Renta

11. REGISTRO DE RENTAS EMPRESARIALES (RRE)
11.1 Formato del registro de rentas empresariales de contribuyentes acogidos al artículo 14 letra A (columnas 1 a 4)
Registro rentas empresariales, art. 14 letra A (RRE) (columnas 5 a 32)
11.2 Objetivos del Libro FUT
11.2 Análisis de las distintas columnas del registro de rentas empresariales de contribuyentes acogidos al artículo 14 letra A
11.2.1 Rentas Afectas a Impuestos Finales (RAI)
11.2.1.1 Determinación del RAI al 01.01.2020
11.2.1.2 Determinación del RAI al 31.12.2020 (y años siguientes)
11.2.2 Registro DDAN (Diferencias entre depreciación acelerada y normal)
11.2.3 Registro REX (Rentas exentas o no afectas a impuestos finales)
11.2.4 Registro SAC (Saldo acumulado de créditos)
11.2.5 Liberación de llevar Registros RAI – DDAN – REX
11.3 Orden general de imputación de retiros/dividendos
11.4 Orden especial de imputación de retiros / dividendos en virtud de normas específicas
11.5 Imputacion de retiros “excesivos” provenientes del 31.12.2014
11.6 Imputación de devoluciones de capital (art. 17 n° 7)
11.7 Formato y columnas del registro rex y prioriades en su imputación
11.8. Ejercicios

12. RÉGIMEN TRIBUTARIO SIMPLIFICADO PARA PYMES (ARTICULO 14 LETRA D N° 3)
12.1 Requisitos para acceder al régimen pro pyme del artículo 14 letra D n° 3
12.2 Tributación pyme del artículo 14 letra D n° 3
12.3 Capital propio tributario simplificado
12.3.1 Capital Propio Tributario al 31.12.2020 para empresas que se cambiaron el 01.01.2020 al régimen de la letra D del artículo 14
12.3.2 Patente Municipal
12.4 Sistema contable
12.5 Imputación anual de retiros, remesas o distribuciones
12.5.1 Registro SAC de empresas acogidas al artículo 14 letra D n° 3
12.6 Pagos provisionales mensuales (PPM)
12.7 Procedimiento para acogerse al regimen propyme del art. 14 letra D no 3
12.7.1 Empresas que al 31.12.2019 estaban acogidas al ex artículo 14 Ter
12.7.2 Empresas que al 31.12.2019 estaban acogidas a las ex letras A o B del artículo 14 y que pasen al 01.01.2020 al régimen Pro Pyme del artículo 14 letra D No 3
12.8 Ejercicio No 1
Sociedad Kamar Ltda. acogida al 31.12.2019 a la ex letra B del artículo 14 (Régimen parcialmente integrado) y que al 01.01.2020 queda clasificada en el artículo 14 letra D N° 3 (Régimen general Pro Pyme)
12.9 EJERCICIO N° 2: (Anexo 4 de Circular No 62, de 24.09.2020)
I. Determinación Base Imponible Régimen Propyme (Art. 14 letra D) N° 3 de la LIR 12.10 EJERCICIO N° 3: (Anexo 4 de Circular No 62, de 24.09.2020)
Determinacion de base imponible en una pyme acogida al articulo 14 letra D N° 3 que estaba al 31.12.2019 en el regimen de renta atribuida del ex articulo 14 letra A

13. REGIMEN DE TRANSPARENCIA TRIBUTARIA (ARTICULO 14 LETRA D No 8)
13.1 Capital Propio Tributario simplificado
13.2 Patente Municipal
13.3 Créditos contra el IGC / Adicional
13.4 Procedimiento para acogerse al Régimen de Transparencia Tributaria (Art. 14, letra D, No 8) Norma Permanente a contar del 01.01.2020
13.5 Formalidades para ejercer opción por régimen Transparencia Tributaria (Art. 14, letra D, No 8)
13.6 Contribuyentes sujetos al régimen de IDPC con imputación total de crédito en los impuestos finales o régimen de renta atribuida, según la letra A) del artículo 14 (según texto vigente al 31.12.2019)
13.7 Contribuyentes sujetos al régimen de IDPC con deducción parcial de crédito en los impuestos finales o régimen semi integrado, según la letra B) del artículo 14 (según texto vigente al 31.12.2019)
13.8 Saldos de FUR (Fondo de Utilidades Reinvertidas) existentes al 31.12.2019
13.9 Traslado desde el régimen de la ex letra B del artículo 14 vigente al 31.12.2019 al régimen de Transparencia Tributaria del nuevo Artículo 14, letra D, No 8
13.10 Traslado desde el régimen de la ex letra A del artículo 14 vigente al 31.12.2019 al nuevo artículo 14, letra D, No 8
13.11 Retiro o Exclusión del Régimen de Transparencia Tributaria, por opción o incumplimiento de sus requisitos
EJERCICIO N° 1 Determinación Base Imponible Régimen Transparente (Art. 14 letra D) N° 8 de la LIR (Anexo 4 de Circular No 62, de 24.09.2020)
EJERCICIO No 2: Base imponible en una pyme acogida a régimen de transparencia del articulo 14 letra d N° 8, que estaba al 31.12.2019 en el régimen de renta atribuida del ex articulo 14 letra A
CUESTIONARIO No 11. Materia: Registro de Rentas Empresariales (RRE)

14. INCENTIVO AL AHORRO PARA EMPRESAS CON PROMEDIO ANUAL DE INGRESOS BRUTOS EN LOS TRES AÑOS ANTERIORES DE HASTA 100.000 UF (ART. 14 LETRA E)
15. IMPUESTO UNICO SUSTITUTIVO SOBRE EL FUT (ISFUT) (Artículo 25° transitorio de la Ley N° 21.210) (Circular N° 43, de 24.06.2020)
15.1 Complementa Circular N° 43 de 2020, que imparte instrucciones sobre la aplicación del régimen opcional de impuesto sustitutivo de los impuestos finales establecido en el artículo vigésimo quinto transitorio de la Ley N° 21.210
16. PAGOS PROVISIONALES MENSUALES
17. PEQUEÑOS CONTRIBUYENTES DEL ARTICULO 22o AFECTOS A UN IMPUESTO UNICO DE PRIMERA CATEGORIA

CAPÍTULO III
RENTAS DE SEGUNDA CATEGORIA

Trabajadores Dependientes - Trabajadores Independientes

1. RENTAS DEL TRABAJO DEPENDIENTE: SUELDOS Y PENSIONES (ART. 42 No 1)
1.1 Características generales del Impuesto Unico de 2a Categoría
1.1.1 Impuesto Unico
1.1.2 Impuesto de retención
1.1.3 Casos en que el impuesto único de 2a Categoría no es de retención, sino de declaración mensual
1.1.4 Impuesto progresivo
1.1.5 Vigencia del Impuesto Unico a los Trabajadores
1.2 Contribuyentes Afectos
1.2.1 Trabajadores dependientes y pensionados
1.2.2 Extranjeros que ingresan al país como funcionarios, técnicos, profesionales o empleados
1.2.2.1 Situación del “domicilio”
1.2.2.2 Prueba del “domicilio”
1.2.2.3 Rentas de fuente chilena
1.2.2.4 Rentas de fuente extranjera
1.2.2.5 Tributación que afecta a los extranjeros “domiciliados” en Chile
1.2.2.6 Tributación que afecta a los extranjeros “no domiciliados” en Chile. Año Tributario 2021
1.2.2.7 Moneda en que debe pagarse el impuesto
1.2.2.8 Exenciones del Impuesto
1.2.2.9 Retención del impuesto
1.2.3 Trabajadores eventuales y discontinuos
1.2.4 Choferes con calidad de empleados
1.2.5 Choferes de Taxis
1.2.6 Cargadores de ferias municipales
1.3 Personas no afectas al Impuesto Unico de Segunda Categoría
1.3.1 Representantes diplomáticos, consulares u oficiales de naciones extranjeras
1.3.2 Representantes diplomáticos que tengan doble nacionalidad
1.3.3 Empleados de representantes diplomáticos, consulares u oficiales de naciones extranjeras
1.3.4 Funcionarios de organismos internacionales exentos de impuesto
1.3.5 Deportistas, personal técnico, asesores y dirigentes extranjeros por su actuación con motivo de campeonatos que se celebren en Chile
1.3.5.1 Alcances de la exención del impuesto de Segunda Categoría que beneficia a los participantes en campeonatos que se celebren en el país
1.3.5.2 Exención de impuesto para federaciones deportivas
1.3.6 Conjuntos, equipos y grupos deportivos extranjeros
1.3.7 Artistas chilenos sin residencia ni domicilio en Chile
1.3.8 Trabajadores que prestan sus servicios en Isla de Pascua
1.3.9 Remuneraciones por servicios prestados en el extranjero
1.4 Determinación de la Renta Líquida Imponible
1.4.1 Norma general sobre determinación de la base imponible afecta al Impuesto Único de 2a Categoría
1.4.2 Situación de las rentas accesorias o complementarias al sueldo
1.4.3 Renta líquida imponible en el caso de Trabajadores Agrícolas
1.4.4 Determinación de la base imponible afecta al impuesto único cuando se ha pactado una renta “líquida”
1.5 Remuneraciones, Asignaciones, Participaciones y otras cantidades afectas al Impuesto Único de Segunda Categoría
1.6 Deducción de las Cotizaciones Previsionales
1.6.1 Situación tributaria de las cotizaciones obligatorias y voluntarias del D.L. 3.500, de 1980
1.7 Período tributario del Impuesto Único de 2a Categoría
1.8 Cantidades que no forman parte de la Base Imponible
1.8.1 Tratamiento tributario de las Becas de Estudio frente al beneficiario de ella (becario)
1.9 Cálculo del Impuesto
1.9.1 Tabla de cálculo del IUSC establecida en la letra a) del artículo 52 bis de la LIR, para el Presidente de la República, ministros de Estado, subsecretarios, senadores y diputados
1.10 Cálculos especiales del impuesto: Rentas pagadas con retraso; Rentas accesorias; Diferencia de Rentas
1.10.1 Rentas totales que se pagan con retraso
1.10.2 Rentas accesorias devengadas en un solo período
1.10.3 Diferencia de rentas y rentas accesorias devengadas en más de un mes y pagadas con retraso
1.11 Reliquidación anual de trabajadores con más de un empleador
1.12 Reliquidación anual optativa de Impuesto Único de 2a Categoría a fin de obtener la devolución de impuesto retenido en exceso (Art. 47, inciso 3o)
1.13 Tributación de las indemnizaciones por Término de Contrato de Trabajo
1.13.1 Ejemplos ilustrativos de lo dispuesto en el artículo 178 del Código del Trabajo
1.14 Ahorro Previsional Voluntario acogido al inciso primero del Art. 42 bis (APV)
1.15 Nuevo régimen de Ahorro Previsional Voluntario Colectivo APVC y nueva opción de franquicia tributaria para el APVC contemplada en el inciso segundo del Art. 42 bis
1.16 Depósitos convenidos con el empleador, de cargo del empleador. Art. 20 inc. 3o D.L. 3.500
1.16.1 Límite máximo de la exención para los Depósitos Convenidos con el empleador a contar del 01.01.2011 (Ley No 20.455, D.O. 31.07.2010)
1.17 Excedentes de Libre Disposición calculados según normas del D.L. 3.500, determinados al momento que el afiliado opte por pensionarse
1.17.1 Artículo 5o Transitorio Ley No 19.768
CUESTIONARIO No 13. Materia: Impuesto Único de 2a Categoría

2. RENTAS DEL TRABAJO INDEPENDIENTE: HONORARIOS (ART. 42 No 2)
2.1 Contribuyentes Afectos
2.2 Determinación de la Renta Líquida Imponible
2.3 Corrección Monetaria de las rentas de Segunda Categoría
2.4 Retención del Impuesto
2.5 Pagos Provisionales Mensuales de Profesionales
2.6 Declaración anual de impuesto Global Complementario o Adicional
2.6.1 Sociedad de profesionales de la segunda categoría que es objeto de un cambio en la composición de sus socios durante el ejercicio
2.7 Obligaciones relativas a la contabilidad y a la emisión de boletas
2.8 Análisis de Casos Especiales
2.8.1 Comunidades, sociedades de hecho y profesionales que trabajan particularmente en base a un fondo común
2.8.2 Enajenación de bienes del activo inmovilizado
2.8.3 Franquicias Regionales
2.9 Deducción del APV acogido al inciso primero del Art. 42 bis efectuado por profesionales y por socios de sociedades de profesionales que tributan bajo las normas de la Segunda Categoría
2.10 Obligación de los profesionales independientes de efectuar cotizaciones previsionales
CUESTIONARIO No 14. Materia: Rentas de Segunda Categoría: Profesionales y Sociedades de Profesionales

CAPÍTULO IV
EL IMPUESTO GLOBAL COMPLEMENTARIO

1. INTRODUCCION
1.1 Contribuyentes afectos al impuesto
1.2 Personas naturales que tengan su domicilio en el país
1.2.1 Casos de ausencia en que no se pierde el domicilio
1.3 Concepto de “residente” según Artículo 8o No 8 del Código Tributario
1.3.1 Jurisprudencia administrativa del SII sobre el concepto de Domicilio y Residente
1.4 Comunidades Hereditarias
1.5 Depositarios de bienes
1.6 Funcionarios que prestan servicios fuera de Chile

1.7 Personas naturales extranjeras que permanecen temporalmente en Chile sin constituir “domicilio” en el país
1.8 Situación de los cónyuges sometidos a algún régimen de separación de bienes
1.8.1 Régimen de participación en los gananciales. (Ley 19.335, D.O. 23.09.94)
1.9 Contribuyentes gravados con el Impuesto Global Complementario

2. DETERMINACIÓN DE LA RENTA BRUTA DE GLOBAL COMPLEMENTARIO (Art. 54)
2.1 Retiros percibidos por empresarios individuales o socios de sociedades de personas, provenientes de empresas acogidas al artículo 14 letra A o Pymes acogidas al artículo 14 letra D No 3
2.2 Dividendos distribuidos por sociedades anónimas, sociedades por acciones SpA y sociedades en comandita por acciones respecto de sus accionistas
2.2.1 Exención de Global Complementario para los dividendos obtenidos por trabajadores pensionados y pequeños contribuyentes de 1a Categoría
2.3 Gastos rechazados y otras partidas que han beneficiado al dueño, socio o accionista de la empresa que sea contribuyente de IGC o de Adicional (Artículo 21 inciso tercero)
2.4 Declaración de Rentas Presuntas contempladas en el Artículo 34
2.5 Rentas de Primera Categoría determinadas por contabilidad simplificada (Art. 14 B No 1)
2.6 Rentas anuales provenientes de empresas Pymes acogidas al régimen transparente del artículo 14 letra D No 8
2.7 Rentas de Profesionales y Socios de Sociedades de Profesionales
2.8 Intereses y otras rentas clasificadas en el Art. 20 No 2; ganancias de capital clasificadas en el Art. 17 No 8
2.9 Rentas exentas de Global Complementario
2.10 Sueldos y pensiones de Trabajadores y Pensionados (Art. 42 No 1)
2.11 Cantidad a incluir en la renta bruta equivalente al crédito por Impuesto de 1a Categoría
2.12 Incremento por impuestos pagados o retenidos en el exterior

3.1 Impuesto Territorial pagado durante el año, actualizado
3.2 Donaciones Art. 7o Ley No 16.282 y D.L. No 45, de 1973
3.3 Pérdida en operaciones de Capitales Mobiliarios y ganancias de capital según Líneas 2, 8, 9 y 10 del Formulario 22 del A.T. 2021
3.4 Cotizaciones previsionales del empresario o socios
3.5 Deducción de intereses por créditos hipotecarios por adquisición de viviendas (Art. 55 bis de la Ley de la Renta)
3.6 Deducción de los dividendos hipotecarios por viviendas DFL 2, de 1959
3.7 Deducción de las inversiones en Fondos Mutuos y en Fondos de Inversión acogidas a la ex letra A del Art. 57 bis
3.8 Deducción de las cotizaciones voluntarias y de los depósitos de Ahorro Previsional Voluntario (APV), acogidos al inciso primero del Art. 42 bis

4. IMPUESTO GLOBAL COMPLEMENTARIO SEGÚN TABLA Y OTROS DÉBITOS
4.1 Línea 22 IGC sobre intereses, según Art. 54 bis
4.2 Reliquidación IGC por ganancias de capital, según art. 17 N° 8 letras a) literal v) y b) LIR
4.3 Línea 24 Débito fiscal por ahorro neto negativo (Recuadro N° 3), según art. 3° transitorio numeral VI) Ley N° 20.780 (ex. art. 57 bis LIR)

4.4 Línea 25 Débito fiscal por restitución crédito por IDPC, según art. 56 N° 3 inc. final LIR
4.5 Línea 26 Tasa adicional de 10% de IGC, sobre cantidades declaradas en línea 3 Art. 21 inc. 3° LIR (Formulario 22. del A.T. 2021)

5. CRÉDITOS CONTRA EL IMPUESTO GLOBAL COMPLEMENTARIO Y OTROS DÉBITOS
5.1 Crédito según artículo 52 bis
5.2 Crédito por asignaciones por causa de muerte
5.3 Crédito Fomento Forestal según D.L. 701, de 1974
5.4 Crédito proporcional al IGC por rentas exentas que han formado parte de la Base Imponible, Art. 56 No 2
5.5 Crédito al IGC por Tasa Adicional del ex Art. 21 LIR
5.6 Crédito por donaciones para fines deportivos (Art. 62 y siguientes Ley No 19.712)
5.7 Crédito por Impuesto de 1a Categoría, sin derecho a devolución
5.8 Crédito del 5% por Dividendos que excedan de 310 UTA
5.9 Crédito al IGC por Impuesto Territorial bienes raíces no agrícolas, Art. 56 No 5
5.10 Crédito al IGC por Art. 33 bis, según Art. 14 D No 8 (Adquisición de bienes del Activo Inmovilizado)
5.11 Crédito al IUSC o IGC por gastos en educación, Art. 55 Ter
5.12 Crédito por Donaciones para fines sociales (Ley No 19.885, modificada por Ley No 20.316, D.O. de 09.01.2009)
5.13 Crédito por donaciones a Universidades e Institutos Profesionales (Art. 69 Ley No 18.681)
5.14 Crédito por Impuesto Unico de Segunda Categoría
5.15 Crédito por ahorro neto anual positivo (Art. 57 bis)
5.16 Crédito por impuesto de 1a Categoría con derecho a devolución
5.17 Crédito por rentas extranjeras según convenios para evitar la doble tributación internacional
5.18 Crédito al IGC por Donaciones al Fondo Nacional de Reconstrucción (FNR), Arts. 5 y 9 Ley No 20.444
5.19 Crédito por donaciones para fines culturales (Art. 8 Ley No 18.985)
5.20 Impuesto Global Complementario determinado
CUESTIONARIO No 15. Materia: Impuesto Global Complementario

CAPÍTULO V
IMPUESTO ADICIONAL

1. Conceptos generales
2. Contribuyentes obligados a presentar declaracion anual de Impuesto Adicional
3. Impuesto Adicional aplicable a empresas acogidas al artículo 14 letra A y a Pymes acogidas al artículo 14 letra D No 3 (Circular No 73, de 22.12.2020)
3.1 Retención de IA que debe efectuar la empresa acogida al artículo 14 letra D No 8
4. Determinación de la Base Imponible del Impuesto Adicional (Formulario 22 A.T. 2021)
5. Impuesto Adicional que afecta a un contribuyente no residente ni domiciliado en el país, por las rentas obtenidas en la enajenación de los instrumentos a que se refieren los artículos 10, en sus incisos 3° y siguientes, y 58 N° 3 de la LIR
6. Tributación que afecta a las rentas obtenidas por las agencias, sucursales u otras formas de establecimientos permanentes de empresas extranjeras que operen en el país, de acuerdo a los artículos 38 y 
58 N° 1 de la LIR
7. Nuevo artículo 41 F de la LIR, sobre tratamiento tributario del exceso de endeudamiento (Circular No 12, de 30.01.2015)

8. Impuesto Adicional de retención
- Cuadro sinóptico del Impuesto Adicional (Artículos 58 al 63 LIR) A.T. 2021
- Cuadro sinóptico de la tributación de extranjeros no domiciliados en Chile A.T. 2021
CUESTIONARIO No 16. Materia: Impuesto Adicional
CUESTIONARIO No 17. Materia: Toda la Ley de Impuesto a la Renta

CAPÍTULO VI
IMPUESTO ESPECIFICO A LA MINERIA - ARTS. 64 BIS - 64 TER

Ley No 20.026, publicada en el D.O. de 16.06.2005
Modificada por la Ley No 20.469, publicada en el D.O. de 21.10.2010

1. Instrucciones sobre el impuesto específico a la renta operacional de la actividad minera, de acuerdo a lo dispuesto en los artículos 64 bis y 64 ter, de la ley de la renta, conforme a las modificaciones introducidas por la ley 20.469, de 2010

CAPÍTULO VII
CONTRIBUCION PARA EL DESARROLLO REGIONAL - ARTICULO TRIGESIMO SEGUNDO LEY No 21.210

1. Imparte instrucciones sobre la contribución para el desarrollo regional introducida por el artículo trigésimo segundo de la ley N° 21.210

CAPÍTULO VIII
SOLUCIONES A LOS CUESTIONARIOS

CUESTIONARIO No 1. Materia: El concepto de renta. El hecho gravado.

Los ingresos no constitutivos de renta
CUESTIONARIO No 2. Materia: Territorialidad del impuesto
CUESTIONARIO No 3. Materia: Tributación de la rentas de bienes raíces
CUESTIONARIO No 4. Materia: Rentas de Capitales Mobiliarios (Art. 20 No 2)
CUESTIONARIO No 5. Materia: Concepto de “Ingresos Brutos” percibidos o devengados (Art. 29)
CUESTIONARIO No 6. Materia: Concepto de “Costo Directo” tributario (Art. 30)
CUESTIONARIO No 7. Materia: Concepto de “Renta Líquida” y gastos necesarios para producir la renta (Art. 31)
CUESTIONARIO No 8. Materia: Determinación de Renta Líquida Imponible de 1a Categoría (Art. 33 Nos. 1 y 2)
CUESTIONARIO No 9. Materia: Tributación de Impuesto de 1a Categoría e Impuesto Unico del 40% (Arts. 21 inc. 1° y 33 Nos. 1 y 2)
CUESTIONARIO No 10. Materia: Sistema de Corrección Monetaria del Art. 41 Ley Renta
CUESTIONARIO No 11. Materia: Registro de Rentas Empresariales (RRE)
CUESTIONARIO No 12. Materia: Sistema de Pagos Provisionales Mensuales (P.P.M.)
CUESTIONARIO No 13. Materia: Impuesto Unico de 2a Categoría
CUESTIONARIO No 14. Materia: Rentas de Segunda Categoría: Profesionales y Sociedades de Profesionales
CUESTIONARIO No 15. Materia: Impuesto Global Complementario (Arts. 52 al 57)
CUESTIONARIO No 16. Materia: Impuesto Adicional
CUESTIONARIO No 17. Materia: Toda la Ley de Impuesto a la Renta

Alto
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Ancho
18,5 cm
Peso
Aprox. 1,4 Kg.
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Editorial
CEPET

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